Comparto con vosotros una historia real que ha tenido lugar en mi despacho; quizá me arrepienta de ser esta la primera vez en la que, no sólo no voy a ser políticamente correcto, sino que voy a hacer un poco de autobombo, dado que no todos los Notarios están preparados para levantar actas de contenidos digitales, y menos en el caso que ahora os relato, pues era un acta notarial de Badoo (conocida red social de contactos).

En este blog he hablado de actas notariales de capturas de pantallas web, o de actas notariales de whatsapp , más divertida fue la de los contratos celebrados por twitter, y puedo afirmar que: sin ser especialista, tengo ciertos conocimientos de temas relacionados con Internet y Redes Sociales.

Sabéis que sostengo que el notario del futuro será un hacker o que es necesario crear el concepto de notario 3.0.

Para nada soy el único notario, que trata de ser notario 3.o, sería injusto no citar a mis siempre entrañables maestros José Carmelo Llopis Benlloch o Javier González Granado; omito a otros, pero mentiría si no os digo que mucho le quedan a muchos compañeros míos para estar a la altura de lo que demanda la nueva sociedad digital (y que conste, que reconozco que aún tengo mucho que aprender sobre el tema)

Estaba en pleno mes de agosto, disfrutando de mi condición de autónomo (y por tanto persona que no tiene derecho a vacaciones, y cómo mucho a una bajada de ritmo) cuando me contacta un abogado amigo de la otra punta de España (aunque de origen sevillano) para narrarme una historia algo rocambolesca.

En un pueblo algo lejano al mío (no tan lejano, cuando conozco a quien desde Alcalá de Guadaíra, va y viene todos los días a trabajar al mismo) un matrimonio padece una situación insufrible por culpa de la conocida red social de contactos Badoo.

El caso es que alguien había creado un perfil en dicha red social, subiendo fotografías de la esposa, indicando que su ámbito geográfico era el pueblo en el que ella vivía, y se dedicaba a interactuar con otros ciudadanos de la localidad, haciéndose pasar por la señora en cuestión, y manteniendo un comportamiento impropio en una señora casada.

Imaginarme lo que sintió esa señora al enterarse de los hechos,creo que es entendible; pero confieso que, en el primero en el que pensé, fue en la también delicada situación de su marido; sea como fuere, el matrimonio era la comidilla de un pequeño pueblo del interior de Andalucía.

Es ahí donde empieza todo, aunque la historia en realidad empieza mucho antes.

Estamos hablando del año 2012, que es cuando sucede todo; con toda su buena fe, el marido denunció los hechos en la policía y en el juzgado de guardia, más esa «bendita cultura» del todo gratis que tenemos los españoles no le hizo caer en un detalle (por no hablar de que, por más que pueda empatizar con el marido, la denuncia la debe de interponer la señora, que es la verdadera víctima).

Rápidamente todos habréis pensado en el delito de suplantación de identidad; más en realidad os voy a contar tres cosas:

  1. El delito de suplantación de identidad no existe, y como mucho existe el de usurpación del estado civil, y lo que si existen son las falsedades documentales, más una mala redacción de una denuncia provoca un automático archivo de actuaciones (aprovecho para decir que aunque sea gratuita, no tiene por qué interponerse después de la siesta un domingo, y que hablamos del año 2012, cuando aún no existía el actual artículo 197 del Código Penal)
  2. Los notarios estamos lejos de ser Notarios 3.0, pero para que haya un juzgado 3.0 hace falta años luz, y si bien la labor de la unidad de delitos informáticos de la guardia civil y del cuerpo nacional de policía es espectacular: ni dan abasto con todos los supuestos, ni pueden investigar este tipo de hechos (pues temas como el ciberterrorismo y la pornografía infantil o las estafas on line los tienen más que colapsados).
  3. Si bien entiendo el perjuicio moral del marido, la víctima es la esposa y es ella la que ha de denunciar los hechos.

 

Creed que hablo con muchísimo conocimiento de causa, cuando además puedo decir que la presencia en dicha localidad de la policía nacional es cuasi testimonial.

El resultado, fue más que obvio y acabó en un archivo de las actuaciones, que dejó al pobre matrimonio en una situación de desamparo, en la que mucha más personas de las que os imagináis se encuentran ante la actual realidad digital que nos rodea.

Lo cierto, es que, de una u otra forma, el marido acabó enterándose de los tres datos que os he indicado; así como que tampoco cualquier abogado está preparado para afrontar estos tema; por lo que investigando, un poco, se dio cuenta que necesitaba a un especialista (mi paisano de la otra punta de España).

Me llama mi amigo y abogado especialista en cuestiones digitales Don Luis Jurado Cano, que era más que consciente de que, más que perseguir un delito, era necesario:

  1. Dejar constancia de los hechos antes de que  fueran borrados.
  2. Independientemente de la vía judicial, intentar lograr que la red social borrara ese perfil y así reducir un daño continuado (especialmente escandaloso, dado su índole sexual, y que se estaba produciendo en un pequeño pueblo de Andalucía)
  3. No descartar además de la vía penal, vías civiles o administrativas.

 

Más que consciente es ese abogado, que no todos los notarios saben levantar actas de hechos web, y que no todos se han leído post como el de Abogado Amigo, o el de mi compañero Javier González Granado que aborda la forma de hacerlo, y se preocupan de ponerlo en práctica y formar a sus empleados para tales tareas.

Es por ello, que aunque hay cierta distancia entre el pueblo en el que ocurrían los hechos (en el que hay dos notarías demarcadas) consideró oportuno que los clientes vinieran a mi despacho, pues no todos los Notarios saben hacer un ping, un tracemap o un whois, ni mucho menos que significan estos conceptos.

Me mandó a tal efecto un borrador de la minuta, que entre los dos completamos (no sin una más que fructífera discusión sobre el derecho a la legítima defensa digital, y cómo es que la IP o una dirección Mac son considerados datos personales -reconozco que mi espíritu justiciero ganaba a mi sensatez jurídica, y así me lo hizo saber el compañero, cuando le empecé a hablar de Shodan y Nmap…pese a que poco podían hacer en este caso-)

Todo estaba preparado, y más que conscientes éramos los dos que, un perfil en una red social se borra en menos de dos minutos, y que ese perfil falso llevaba ya cuatro años interactuando en Badoo.

A la semana de estar todo preparado, recibo una llamada del Señor, que no dejó de dejarme boquiabierto; entre otras cosas, porque sigo sin entender esa teórica incapacidad de la esposa para resolver los problemas, pues en el fondo me parece puro machismo la actitud del señor.

Lo primero que me planteaba, es que si había hablado con mis compañeros de esa localidad, a lo que evidentemente le comenté que no, y que hacía una semana que le estaba esperando.

Es cuando, me suelta, que su mujer no quiere venir a Alcalá de Guadaíra sola, y que él tiene que trabajar, por lo que quería intentar hacer el acta en ese pueblo.

Lo siguiente es que tras llamar, y pedir hablar conmigo (cosa que sucedió) a mi me comenta que le va a pedir cita al oficial de la notaría de su pueblo.

Más que consciente del derecho de todo ciudadano de elegir libremente al Notario, le dije que no había ningún problema, pero que recordara que llevaba cuatro años con ese perfil y que se borraba en dos minutos, por lo que no acababa de entender:

  1. Que yo llevara una semana esperando para firmar el asunto.
  2. Que me llamara él y no su esposa, que es la que tiene verdadero interés legítimo en el asunto (por mas que entendía como se encontraba él)
  3. Que quisiera zanjar un asunto tan delicado por teléfono, y que conmigo quisiera hablar personalmente, pero que para tratar con mis compañeros, pidiera cita con sus empleados.
  4. Que me preguntara e insistiera por el coste de mi actuación, cuando creo que es evidente que el daño que él y su esposa estaban sufriendo no tenía precio.
  5. Que no todos los notarios son iguales, y que aunque el arancel es el mismo, y las funciones las mismas, el asesoramiento que realizan es diferente, y que el servicio también.

 

Coincide esta historia con un mail que recibo hoy por la mañana en mi despacho, y que con cierta gracia un amigo llama «mail del cuñadismo» cuyo texto y respuesta es el siguiente:

buenas señor,

me haría falta saber si usted hace acta notaria para la siguiente cuestión:
Es una historia un poco larga que te intentaré resumir lo máximo posible, hace 3 mese y medio vendí una moto la cual al mes de uso con casi 700 km se gripa (romper el motor) según el perito contratado por el comprador por problemas en el circuito de refrigeración, del cual me hacen responsable ami, yo consultándolo con otro perito me ha dicho que no es nada viable el caso para el comprador, pero tienen intensión de denunciarme el comprador.
Hace dos días mirando en foros de moto en un foro donde se indica como cambiar el líquido del circuito de refrigeración, veo un comentario que me resulta algo familiar en su forma de expresarse, asín que pincho en el perfil de la persona que pregunta y es el comprador de la moto, .
Por lo que presupone que el a manipulado la moto ya que pregunta la forma correcta de purgar dicho circuito. cosa que el comprador me confirmo por whatsapp pero algo que seguro que niega antes un juez y al tener que intervenir un perito informático para su verificación algo un poco costoso.
Me gustaría saber si usted puede hacer un acta notarial sobre la pagina verificando que no esta manipulado ni dicha pagina ni dicho perfil  por si al final se celebrase un juicio, y saber cual seria su honorario por ese servicio. un saludo y gracias.
La respuesta es obvia
Entiendo su preocupación, pero no me gusta engañar, y creo que trata de encontrar soluciones imposibles mezclando un Notario, un Abogado y un Perito.
El notario puede dejar constancia fehaciente de hechos que ve, oye, o percibe por los sentidos; sin embargo, ni puede un acta emitir juicios de valor, ni es un técnico informático que pueda apreciar si un perfil es auténtico o una web o whatsapp se ha manipulado.
Es más que recomendable que contacte con un abogado, que ese abogado a la vista de la documentación y los hechos, le asesora ante el posible pleito (en el que nunca puede intervenir un Notario) que a la vista de todo ello, sea el abogado quien le indique que extremos quiere que constate el Notario.
Huelga decir que las evidencias digitales pueden borrarse, y que también la otra parte puede levantar acta, con datos manipulados por él.
El que analiza los metadatos y puede comprobar si se han manipulado, es un perito, pues un notario es un jurista y no un técnico informático.
Es por ello que recomiendo encarecidamente que intervengan los tres profesionales, pues luego  puede suceder que bajos costes fuera de juicio, acaben suponiendo grandes gastos judiciales y personales.
Por lo demás un acta de hechos web cuesta en torno a 150 o 200 euros, pero insisto en que es muy importante saber de que se quiere dejar constancia.
Saludos

.

¿De verdad todos los notarios y todos los juristas somos iguales?

¿De verdad que el precio es lo que verdaderamente importa?

¿No creéis que va siendo hora de dejar la cultura del todo gratis y las recomendaciones de cuñados y amigotes de bar?

¿Si tu no te preocupas por tu problema, por qué tiene que hacerlo otro?

Quizá esta sean meras anécdotas de algo que es demasiado habitual hoy en día.

 

NOTA.- Sería absolutamente injusto negar que hay fiscales, policías y jueces más que sensibles ante la realidad digital, y que me precio de la amistad con más de uno; si bien siempre comentamos por privado la necesidad de una mayor implicación de nuestros oficios (los notarios los primeros) en la realidad digital que nos rodea, y que empieza por los MMOG, continúa por las redes sociales, y acaba en un sin fin de contratos y negocios que se celebran digitalmente (por poner un ejemplo ¿os habéis planteado que cuando firmáis en una tablet en un banco, en realidad estáis firmando en blanco?)