Sobre la desheredación ya he escrito en este blog, donde cito las sentencias del Tribunal Surpemo 3 de Junio de 2014 y la sentencia de 30 de Enero de 2015 que consideran el maltrato psicológico de un hijo hacia un padre como causa de desheredación.

La argumentación del Tribunal Supremo, me parece impecable, aunque tengo que reconocer que no podría ser de otra forma, dado que no estoy conforme con el sistema de legítimas de nuestro ordenamiento jurídico, como pongo de manifiesto cuando hablo de las legítimas y el patrimonio familiar.

Lo cierto es que las dos citadas sentencias a mi entender dejan resuelto sólo en parte el problema, aunque en la segunda abre la puerta al debate que pretendo plantear en este post:

  1. La Sentencia de 3 de Junio de 2014 porque habla de «insultos y menosprecios reiterados y, sobre todo, de un maltrato psíquico voluntariamente causado por los actores que supuso un auténtico abandono familiar».
  2. La sentencia de 30 de Enero de 2015 porque habla de como la testadora sufrió un «trato desconsiderado de su hijo , quien le despojó sin ninguna consideración de todos sus bienes inmuebles a través de una fraudulenta donación que, engañada, le obligó a hacerle a él y a sus hijos, ante notario, con inevitable afección en el plano psicológico o psíquico, intolerable a la luz de la realidad social en la que resulta altamente reprobable el hostigamiento económico habido del hijo para con su madre».

 

Sin embargo el desapego es algo distinto del maltrato. El desapego es simplemente la falta de vínculo afectivo, la falta de contacto real entre dos personas que deberían de tener contacto frecuente; dicho de otra forma es una actitud pasiva, frente al maltrato, que implica una acción de alguien.

Sea por maltrato, sea por desapego, el padecimiento de quien lo sufre es tremendo (aunque no podemos negar que en el maltrato hay un víctima, y en el desapego tan víctima son unos como otros).

Con este post trato de intentar bucear en la delgada línea divisoria que hay entre maltrato y desapego, si bien la conclusión es: ¿por qué no es cada uno el que marca dicha línea? ¿por qué no aceptar el desapego como causa de desheredación?.

Es imposible contar todas las historias; de hecho, hay tantas historias como personas; cada una tiene su matiz, incluso en muchas ocasiones soy consciente de que me están contando «su» historia (a veces incluso histeria) y que probablemente todo lo que oigo, lo es sin el punto de vista de la otra parte, que seguramente sea distinto del que escucho en ese momento.

En ocasiones veo a padres divorciados muy tristes, con un sufrimiento moral fuerte; de hecho más que intentando desheredar, intentando recuperar a unos hijos que son perfectamente conscientes que hace mucho dejaron de ser tales hijos, y pasaron a ser una pensión a pagar cada mes, sin que a cambio tengan derecho a lo único a lo que aspira un padre (que normalmente es ver crecer sanos, fuertes y equilibrados a sus hijos, así como a poder pegarles de vez en cuando un achuchón y un beso).

También observo como en función de la edad de los padres (divorciados o no), a medida que van cumpliendo años, de añorar poder darle un beso a sus hijos, pasan a añorar que sean sus hijos los que les den un beso y unos cariño; y como hay cientos de personas mayores que languidecen en centros especializados, en los que teniendo buenos medios materiales, carecen del calor humano y familiar que necesitan.

En este post me centraré principalmente en el tema de los padres (pues por ley de vida fallecen antes que los hijos) sin embargo, tampoco podemos desconocer que tras una crisis matrimonial, también hay padres que se desentienden de sus hijos, proyectando en esos hijos sus problemas con el otro progenitor.

Creo que como Notario, puedo aportar datos fruto de la experiencia; y dicha experiencia es que suele ser frecuente atender: tanto padres divorciados que se quejan de la falta de trato con sus hijos, como personas mayores en centros que hacen los mismo.

Sin embargo siendo frecuentes ambos tipos de quejas, que se dan incluso si no van a hacer testamentos; es rarísimo el caso en el que el padre se plantea realmente desheredar al hijo, pues lo habitual es que traten de desahogarse conmigo.

Esa importantísima diferencia que hay entre el número de quejas por desapego, y el número de padres que quieren desheredar, es la que me hace ver que hay una línea delgada e inapreciable, en la que de sentir pena se pasa a padecer un gran sufrimiento. Desconozco cual es la línea, pero si tengo clarísimo, que es una línea personal, que por más que se intente, no se puede definir por un jurista, pues es imposible explicar que es el desamor, o el abandono moral (de hecho jamás las quejas que recibo son por problemas materiales).

En los casos en los que se me ha planteado el tema (tengo que destacar que muchísimo más frecuentemente en el caso de personas mayores internadas en centros de tercera edad, que en el caso de padres divorciados) lo único que puedo decir es que: sea verdad o mentira que el hijo no visita al padre, o que las visitas estén más rodeadas de silencios que de palabras, lo que tengo delante es siempre un ser humano que sufre, y que sufre mucho (quizá incluso remordimientos).

No puedo dejar de referir la anécdota de un señor que esta internado en un centro no muy lejano a mi domicilio particular, y que raro es el mes que no me llama para cambiar el testamento.

Tiene varios hijos, el centro tiene mucha calidad, y está bien atendido; ha repartido prácticamente todos sus bienes en vida, pero por circunstancias de la vida, esos hijos lo visitan muy poco (de hecho conozco a algún hijo, y me consta que simplemente, sus obligaciones familiares y laborales le impiden ir más a ver a su padre).

Tengo que confesar que tengo dos gusanillos (el de la conciencia, y otro que hace unos años colocaron en mis brazos y que me robó el corazón), por lo que por recomendación de ese segundo gusanillo (al que un día le conté la historia, con toda la prudencia que obliga el secreto del protocolo) cada vez que me llama ese señor, le digo que no me acuerdo del testamento que tiene, y que prefiero ir a verlo para ultimar los detalles, por lo que aprovecho para acercarme al centro, oírle, darme un paseo con él, fumarme un cigarro, y pensar una y otra vez cómo puñetas escribo este post.

El desapego y la familia

Nadie hace cincuenta años podría pensar que una institución tan clásica como es la familia pudiera haber sufrido cambios tan radicales.

De una familia con muchos miembros, basada en los vínculos de sangre, e inalterable; cada vez se reduce más el número de miembros del grupo familiar, se considera que familia es más la formada por personas que se quieren, que la formada por personas que tengan vínculos de sangre, así como que se entra y sale de la familia con cierta facilidad.

No pretendo aquí analizar, ni mucho menos valorar, estos temas, pero si  destacar que siendo las legítimas una figura de derecho sucesorio, y siendo su base la defensa del núcleo familiar, resulta inconcebible actualmente:

  1. Que la legítima de descendientes y ascendientes sea en propiedad mientras que el cónyuge sólo tenga derecho al usufructo (cuando si hay un vínculo basado en el afecto es el derivado del matrimonio).
  2. Que sean preferentes los ascendientes al cónyuge como legitimarios (cuando obviamente al casarnos dejamos a nuestros padres por nuestro cónyuge).
  3. Que sea legitimario el cónyuge pero no las parejas de hecho (cuando hoy en día socialmente no se suele apreciar diferencia alguna entre matrimonio y unión de hecho).

 

Pero sobre todo, la aceptación a principios de los años ochenta del divorcio, la posibilidad de romper el vínculo familiar derivado del matrimonio, no deja de plantear muy serios problemas en materia de legítimas, pues negar el desapego entre progenitores divorciados y sus hijos es negar la evidencia.

No trato de buscar culpabilidades, tampoco tengo capacidad para resolver estos problemas, sin embargo raro es el mes que no tengo en mi despacho un padre divorciado, y que de una u otra forma e pone de manifiesto lo mucho que sufre por la poca relación que tiene con sus hijos; tampoco es la primera vez que un hijo de padres divorciados se queja amargamente de que su padre se desentiende de él (aunque normalmente en estos casos, y al ser ley de vida que los padres mueren antes que los hijos, no se suele hablar de desheredación).

No sabría determinar cuando hay maltrato psicológico (sea del hijo al padre, o del padre al hijo) cuando ese desapego es culpable y cuando no es sino fruto de lo traumático y doloroso que es un divorcio.

Lo curioso es que para desheredar, no sólo es necesario expresar la causa, sino que en caso de ser contradicha ha de ser probada.

El problema es que dicha prueba ha de aportarse a juicio cuando el testador ha fallecido ¿cómo aprecia un juez el dolor moral que ha padecido un muerto? ¿cómo saber si hay maltrato o desapego si quien lo padece ya no está? ¿sólo la existencia de una denuncia por delito del maltrato puede permitir la desheredación? ¿el que dicha sentencia absuelva al maltratador impide la desheredación?.

Personalmente creo que lo más adecuado es que el testador pudiera desheredar por desapego, incluso si se quiere expresando los motivos de dicho desapego, y que el que niegue dicho desapego tenga que probarlo. Sin embargo aceptar el desapego como causa de desheredación hoy en día se me antoja imposible, y desde luego, es el heredero el que habría de correr con la carga de una prueba diabólica; por lo que nos encontramos ante un callejón sin salida.

El desapego y las personas mayores

Las expectativas de vida y la organización de la sociedad han cambiado en el último siglo.

Nadie puede negar que a principios de S XX llegar a los cincuenta años era un milagro y hoy en día se llega sin muchos problemas a los ochenta; de otro lado la incorporación de la mujer al mundo laboral, y las exigencias de la empresa, han provocado que esas amas de casa que se encargaban de cuidar de las personas mayores sean cada vez más infrecuentes.

Los pisos son cada vez más pequeños, y queramos o no, las personas mayores para muchos son un estorbo, una molestia, y un problema, que fácilmente puede resolverse internándolos en un centro de tercera edad, que es como ahora eufemísticamente se llaman a los asilos (por no hablar de lo superficial de la sociedad actual, en la que impera la publicidad y que sólo valora ciertas estéticas).

Las expectativas de vida, han provocado que enfermedades que antiguamente entraban en el cajón de sastre «viejo chocheando» tengan hoy en día nombre propio; algunas de esas enfermedades son terribles, los medios materiales, y la fortaleza de espíritu que requieren el cuidado de personas que las padecen, superan con mucho lo que razonablemente puede pedirse a un ser humano; por lo que no hay más alternativa que internar a la persona que padece estas enfermedades en centros especializados.

Sea por egoísmo, sea por imposibilidad material, cada vez son más los ancianos que languidecen en centros para personas mayores, en los que se ve absolutamente de todo.

Siendo Alcalá de Guadaíra una ciudad de 75.000 habitantes, tengo contabilizados 6 centros de personas mayores a los que suelo acudir a firmar testamentos y poderes, y en los que veo absolutamente de todo, pero fundamentalmente viejos esperando morir (de hecho casi afirmaría que la diferencia entre una persona mayor y un viejo casi depende de si está o no internado en un centro).

Las necesidad de afecto de estas personas mayores son superiores a las posibilidades reales que tienen sus hijos de satisfacerlas. Hablando en un lenguaje coloquial, ellos necesitan cariño las veinticuatro horas del día (es curioso que una constante cuando voy a esos sitios es oír la frase «no me deje Ud solo»), sin embargo los hijos tienen sus trabajos y sus familias.

¿Se puede hablar de maltrato de una persona que cuenta con medios materiales suficientes, e incluso en ocasiones mejores que los que tiene a su alcance una persona normal? creo que no, sin embargo el desapego está ahí; es más no siempre hay desapego, pues en muchas ocasiones simplemente es imposible un mayor contacto entre hijos y padres.

La STS, Sala Primera, de lo Civil, 104/2019, de 19 de febrero y otras posteriores admite la desheredación por ausencia manifiesta y continuada de la relación familiar entre causante y legitimario.

Conclusión

No es la primera vez que critico las legítimas en este blog, y esta será otra mas.

No comprendo por qué limitar la libertad del individuo y dejarle decidir libremente a quien deja o no sus bienes; hablamos de ciudadanos libres, adultos y capaces, cada uno con sus circunstancias y no se por qué no puede cada uno resolverla como tenga por conveniente.

Siempre recuerdo la frase de Rabindranath Tagore «nadie da gracias al cauce seco por el agua pasada», no me veo en condiciones de afirmar si eso es bueno o malo, quizá si simplemente lo asumimos, y en vez de mirar tanto al presente o al pasado, aprendiéramos a mirar al futuro, lograríamos evitar mucho dolor; sobre todo porque el mismo poeta decía «si de noche lloras por el sol, nunca disfrutarás de las estrellas».

 

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Foto cortesía de Liz West