Hace tiempo que para captar la atención de algún interlocutor que se interesa por mi trabajo en Internet y Redes Sociales, les lanzo una frase que suele dejarles completamente fuera de juego «El Notario del futuro será un Hacker«.

Me divierte ver la sonrisa de autosuficiencia que suelen poner las personas a las que les lanzo esta idea (probablemente la misma que habrás puesto al leer este título), sin embargo tengo la certeza de que he captado tu atención,  probablemente leas con cierta socarronería mi comentario; y sin embargo simplemente pretendo que tras leer estas líneas que empieces a plantearte cosas en las que jamás habría pensado.

Las personas que pululan por Internet son de lo más variado, pero entre ellas hay una especie, que no sólo comparten y comunican, sino que tocan el resorte que todos tenemos que nos mueve a la acciON, y a la innovaciON. Citarlas a todas es imposible, pero a poco que la conozcáis, y simplemente escribiendo una simples mayúsculas en lugar de poner un acento sabréis que hablo de Doña Susana González Ruisánchez.

Explicar quien es esa persona es algo complejo, y el mejor homenaje que puedo hacerle es recomendaros encarecidamente que os hagáis una cuenta en Twitter sólo por leer sus aportaciones. Ahora simplemente quiero compartir con vosotros que, por motivos que me son completamente ininteligibles, hace tiempo «SuperSu» (como me gusta llamarle) decidió «apadrinar» a @3notarios (Antonio Ripoll Soler, José Carmelo Llopis Benlloch, y servidor de Uds).

¿Qué aportáis los Notarios en la vida real?

Estaba yo empezando en esto del Internet, cuando recibo una llamada en mi despacho de «SuperSu», que por medio de un amigo común se había enterado que un Notario estaba aprendiendo a ser bloguero; me llamaba simplemente para animarme y darme un montón de recomendaciones que jamás podré agradecer suficientemente.

Sin embargo no se me borra de la mente, como me explicó lo que tenía que hacer con dos maquiavélicas preguntas:

  1. ¿Qué aportáis los Notarios en la vida real?…escribe sobre eso.
  2. ¿Qué pretendes conseguir?…a por ello.

 

Quizás sólo trataba de explicarme que esto de Internet es tan sencillo como compartir lo que llevas dentro, y tener objetivos claros. Mi intención era escribir sobre el día a día de una Notaría, intentar explicar el complejo mundo jurídico, y respirar un poco de aire fresco en una Notaría de pueblo que padece la durísima crisis que vivimos en los tiempos actuales.

Lo cierto es que tengo claro que ella trataba simplemente de sembrar una semilla, pues desde entonces esas preguntas rondaba mi cabeza.

¿Cuál es la respuesta?

Recuerdo haberle comentado mi inquietud por esta forma de comunicación; cómo estaba apreciando que diferenciar la realidad cotidiana, de la realidad virtual que ofrece Internet y las Redes Sociales es más difícil de lo que parece; cómo me preocupaba mucho ver a mis hijos interactuar en los juegos on line; cómo me sorprendía la impudicia con la que las personas exhiben su vida en Redes Sociales, pero ni conocía el entorno ni tampoco entendía la dimensión del problema.

Fue una conversación fructífera, pero sobre todo recuerdo como desde entonces no para de rondarme por la cabeza que la pregunta no es ¿Qué aportamos los Notarios?, sino ¿Qué podemos aportar los Notarios a este mundo virtual?.

Este medio enseña a comunicar, y las redes sociales a comunicar con pocas palabras ideas importantes, por lo que me he propuesto en la vida real, realizar otra pregunta.

¿Con qué palabra definirías a un Notario?

Las respuestas una y otra vez son las mismas: «burocracia», «papeleo», «formalidad» de una u otra forma y con toda su buena fe, el ciudadano me da a entender que mi trabajo es un mero rito carente de sentido, y un gasto innecesario.

Tras escuchar la respuesta, soy yo el que pregunto a mi interlocutor si no cree que además de esas palabras hay otras dos que quizá sean más correctas.

¿Cuáles son esas dos palabras mágicas?

  1. Seguridad
  2. Privacidad

 

La contestación siempre es positiva, pues todo el mundo puede o no considerar a un Notario como un burócrata o como un señor aburrido que cobra por firmar; pero todos tienen claro que lo que se firma ante Notario «va a misa», y todos tienen claro que todo lo que se comenta al Notario está protegido por un secreto profesional que hace que el ciudadano confíe en la actualidad en un Notario lo mismo que antiguamente confiaba en un sacerdote.

¿Y qué tiene que ver la seguridad y la privacidad con Internet?

Absolutamente todo, pero, permitidme en este caso que (aunque sólo sea por respetar eso de la cuota) cite otra anécdota de mis «andanzas internáuticas».

Para andar en este mundo es más que recomendable, aprender de los grandes, por eso empecé a seguirlos, y uno de los primeros que conocí fue Don Jesús López Pelaz (al que todos conocen como Abogado Amigo) y concretamente lo conocí en un post que explicaba como hacer un acta Notarial de una página web.

Nada más leer la entrada, me di cuenta que no tenía ni la más remota idea de lo que hablaba, le pedí ayuda, y la recibí de forma inmediata.

Aún no se cómo puede haber personas de la generosidad y con la capacidad de trabajo de Susana y Jesús, aunque ambos respetan el proverbio chino que recomienda «si quieres quitar el hambre a una persona, dale un pez; pero si quieres que no vuelva a pasar hambre, enséñale a pescar».

De estos dos grandes maestros se derivó seguir a otros, pero recuerdo un día que compartía con Jesús dudas sobre Netcraft y Nmap, a lo que Jesús me respondió: «El día que en el temario de las oposiciones a Notaría se hable de eso, los Notarios verdaderamente habréis llegado al lugar que os corresponde en Internet».

No es este el momento de hablar de esos temas; que un Notario plantee lo que se conoce como un ataque de fuerza bruta, es aún algo demasiado avanzado (pero no imposible), por lo que intentaré explicarlo de forma más sencilla, y seguiré continuando el apasionante mundo de aprendizaje en el que me he involucrado.

¿Qué es la privacidad y la seguridad en internet?

La seguridad en Internet, es algo amplísimo, que comienza por distinguir la seguridad de la información de la seguridad informática (prometo escribir un post sobre esto) continúa con la certeza de ser nuestro interlocutor quién dice ser, sigue con la veracidad de los contenidos que circulan por Internet, y culmina con la protección de nuestros datos.

No os quepa ninguna duda que cabe escribir cientos de post jurídicos sobre el tema, y que las consecuencias tanto técnicas como jurídicas que se plantean, rozan el infinito.

La privacidad en internet, es el eje central de esta forma de comunicación; nuestros datos son expuestos en Internet y en la Redes Sociales, mucho más allá de lo que imaginamos. Es fundamental que nuestros datos se vean en Internet cuando y como queremos.

En internet nuestros datos pueden ser expuestos porque lo consintamos expresamente (sea con más o menos consciencia de lo que estamos haciendo -quizá sería recomendable no picar tan fácilmente en el botón de aceptar las condiciones generales de los programas que usamos-) o porque nuestra intimidad se vea violada de las más diversas maneras.

Es indispensable un especialista en seguridad y privacidad en Internet, y ese especialista ha de tener conocimientos tanto jurídicos como informáticos.

Conviene empezar a distinguir el hacker (especialista en seguridad) del cracker (que siendo especialista, se sirve de dichos conocimientos en beneficio propio -con fines más o menos dañinos).

Quizá os sorprenda mucho esta distinción, y quizá penséis que la línea entre una y otra figura es muy borrosa, pero si pensáis en el mundo analógico, podéis ver que las armas tanto las usan los policías como los ladrones, y que es absurdo pretender que un policía detenga a un ladrón armado a base de razonamientos.

Si quieres proteger tu intimidad, si quieres seguridad en Internet, forzosamente debes de delegar en profesionales que se encarguen de ello; esos profesionales han de tener la misma cualificación y herramientas que los que tratan de romper tu seguridad y privacidad, pero no basta con luchar con armas tecnológicas, sino que es necesario usar armas jurídicas (y para eso un Notario como funcionario público, cuyas manifestaciones se presumen ciertas, y que es un especialista en derecho privado, es un arma poderosa de la que la sociedad no puede prescindir).

El servicio que ofrece tanto la Policía Nacional, como la Guardia Civil en España, en materia de delitos informáticos es simplemente espectacular, pero su actuación se limita a la esfera penal y no todo lo que hay en internet son delitos, es más la gran mayoría de los ciudadanos simplemente interactúan de forma natural con Internet, y esa interactuación virtual entra de lleno en el ámbito del derecho civil y del derecho mercantil (en los que hay un post programado explicando qué es un tercero de confianza).

Ya he hablado de la identidad virtual en este blog aquí, aquí y aquí, también he hablado de la web corporativa de las sociedades, y del bitcoin, pero mucho queda aún por hablar de la perfección de negocios jurídicos y de los mensajes que circulan por Internet.

Conceptos como la firma electrónica, el time stamping, o servicios de hosting, son retos que se presentan para lo que me ha dado por llamar notario 3.0 (simplemente porque el teclado del ordenador no tiene el símbolo ∞ que es el símbolo del infinito).

No son normas técnicas, sino normas jurídicas: ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico, la ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica, la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones, o el Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo 910/2014 de 23 de Julio relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior.

Desde estas líneas hago firme propósito de profundizar en su estudio y en explicar esta apasionante normativa.

Finalmente he citado a mis compañeros y amigos (no solo virtuales sino reales) Antonio y José Carmelo que están realizando una fantástica labor en esta materia, estudiando, innovando y buscando soluciones jurídicas a este entorno virtual, por lo que me gustaría despedirme comentando como escriben e investigan sobre:

 

Puede que me deje algún que otro post en el tintero, pero podéis tener la certeza de que es simplemente la punta de lanza de todo lo que se avecina y que estos dos monstruos jurídicos andan rumiando, sobre la forma de ofrecer el Notario servicios de custodia segura de archivos electrónicos, notificaciones notariales por medios electrónicos, posibilidad de apreciación en actas notariales de datos electrónicos (por ejemplo IP), intervención notarial en contratos electrónicos, diferencias entre un Notario y un tercero de confianza, el documento público electrónico y un sin fin de conceptos, que quizá suenen muy raros o aburridos, pero que no dudéis tienen una extraordinaria importancia práctica.

Pero sobre todo es necesaria una mayor formación de los Notarios en estos temas, por lo que os hago una última recomendación y es que sigáis la fantástica labor que están haciendo desde la web hacking ético; así como las aportaciones jurídicas que en materia de  cloud computing realiza el letrado Don Miguel Recio.

Finalmente os dejo un vídeo (un poco largo, pero que no tiene desperdicio) en el que, que encontré en el blog del despacho de Don Carlos Carnicer y Don Fernando Zamora en el que aparece Jorge Bermúdez, miembro del Servicio de Criminalidad Informática de la Fiscalía General del Estado, en la Rooted CON 2014,, aunque a mi entender el derecho ni mucho menos es sólo derecho penal.

 

 

 

¿Algún compañero más se anima a esta tarea?