No me gusta ni hacer, ni entregar el borrador de una escritura, de hecho pocas veces entrego borradores (obviamente toda regla tiene excepciones)

Trato de explicar en este post el por qué de ello, y compartir alguna de mis experiencias, por si os resultan interesantes.

No existe el borrador de una escritura

Así de sencillo, existen escrituras y actas, pero no borradores.

Cuando alguien envía o entrega la documentación en la Notaría, se fija una fecha para firma, y con un ordenador (lejos quedaron los tiempos de las máquinas de escribir) se realiza la escritura, que cuando vienen las partes se repasa, se imprime y se firma.

Entregar el borrador de una escritura no es cumplir con el deber de asesoramiento del Notario

Imagina que el médico te entrega una radiografía….¿distinguirías el fémur de cúbito?

Indudablemente el Notario tiene el deber y el placer de explicar la escritura, pero entregar la escritura para que el ciudadano la lea por si no es informar.

Si no sabes derecho ¿cómo vas a entender una escritura?

Obviamente, esta norma no se aplica a juristas, que si tienen conocimientos de derecho, aunque hay juristas y juristas.

Dicho de otra forma, haber estudiado derecho, no implica saber todo el derecho; yo por ejemplo hace más de 30 años que estudié derecho procesal, y me confieso incapaz de analizar una demanda.

Si quieres que el Notario te asesore gratuitamente, ve a la Notaría, pide que te explique las cosas, interactúa con él; pero no trates de leer por ti sólo y sin más la escritura.

Acepta el Reglamento Notarial (Art 193 del Reglamento Notarial) que todo ciudadano lea por si la escritura; pero la escritura, no el borrador; y desde luego critico abiertamente a esos Notarios, de firma fácil, que ponen la escritura encima de la mesa, dejan que las partes la lean, y vuelven al rato preguntando ¿ha leído?…pues firme.

Algunas anécdotas sobre el borrador de una escritura

Comparto tres de ellas, que me han hecho ser muy reacio a entregar borradores de escrituras, aunque insisto que hay que ver cada caso concreto, y que este post no deja de intentar una regla general, que siempre acepta excepciones.

De hecho cada una de estas tres anécdotas da para un post, pero trataré de abreviar.

El borrador de una escritura y el Banco

En mi primer destino, un pequeño pueblo de Córdoba había una empresa que daba trabajo a casi 600 de los 5000 habitantes, y que estaba en concurso de acreedores.

Como el presidente de la Caja (por cierto uno de esos presidentes que luego salieron en época de crisis por la puerta de atrás) era del pueblo; forzó un acuerdo para intentar reflotar la empresa.

Tocaba hacer una cesión de dos hipotecas: una en garantía de un aval, y otra en garantía de un crédito consignado en póliza.

Para mayor complejidad, intervenía una sociedad de garantía recíproca.

Desde la asesoría del banco, me pidieron que hiciera yo el borrador de la escritura.

No niego que me tuve que pasar dos semanas estudiando y escribiendo, pero tras muchos esfuerzos envié el borrador de escritura a asesoría jurídica.

Recibo una carta (entonces no había mail) en la que dicen que todo bien, pero que hay un fallo grave.

El fallo es que al presidente de la Caja lo había tratado de Don, y no de Ilustrísimo Señor.

Dos días antes de la firma, me llama un compañero de la capital diciendo que la escritura la hacía él, porque un ministro (por cierto dimitido al poco tiempo y que había estudiado en mi colegio) había decidido acudir a la firma.

Lo curioso es que el Ministro no tenía que firmar nada….el que no firmó desde luego fui yo.

El borrador de escritura y el particular

Nuevamente volvemos a Córdoba, y a un ciudadano con muchas fincas, que tenía un problema serio para organizar la herencia.

Tras varias reuniones comprendí que lo que procedía era constituir diversas servidumbres de paso entre ellas (soy perfecto conocedor del principio nemini rei sua servit, más ese es otro de los problemas que resolví, en aquel asunto).

Al final apareció con unos planos inmensos hechos por un topógrafo en los que conseguí entender las servidumbres; pero de entenderlas a dejarlas por escrito mediaba un mundo.

De hecho  fueron dos noches en las que aprovechando que dormía en un hotel, con los planos abiertos en una cama de matrimonio, y con un portátil en una silla, me puse a describir las dichosas servidumbres hasta las dos de la mañana.

Todo preparado, me pide el borrador de escritura para que lo revise su abogado.

Ya me chocó que el abogado revisara y entendiera los dichosos planos, pero dado que el asunto era complejo accedí.

No volví a saber de el señor en cuestión, ni se que compañero mío de la capital se limitó a copiar mi trabajo (aunque si que una empleada me comentó que le habían llamado pidiendo el archivo informático….y obviamente se negó).

El borrador de escritura e el intermediario

En este caso, y tratándose de algo más reciente omitiré lugares.

Uno de esos días que la Notaría está a reventar (cada vez menos frecuentes) un intermediario que viene habitualmente al despacho, me para en pleno pasillo y se queja de que hay una escritura que lleva meses sin hacerse por un empleado.

Mucho me sorprendió, porque llevo a gala que pocas escrituras no se hacen en 24 o como mucho 48 horas.

Terminado el día, pregunto al empleado, y me topo la respuesta que ya intuía.

Se trataban de tres herencias en las que la mayoría de los herederos intervenían a través de un apoderado.

Ni teníamos los testamentos, ni teníamos los poderes (salvo uno, y no era suficiente) ni siquiera teníamos la descripción de algunos bienes.

Hablando con mi empleado, me comentaba, que ese intermediario tenía por costumbre encargar una media de dos borradores mensuales (pues se dedicaba a vender fincas que provienen de herencias) pero que como mucho firmaba una escritura al mes.

De hecho se lo hice saber, y me comprometí a tener la escritura a las 24 horas de recibir la documentación; al cabo de un mes me trajo la documentación, y al día siguiente estaba la escritura preparada, pero el decidió que la escritura se firmaba a la semana siguiente.

Supongo que se enfadó, porque al rato me lo veo hablando con un empleado, y…..oh….sorpresa….estaba encargando otro borrador.

Sin problema, con una sonrisa, y se enfadara o no, le pedí que viniera a mi despacho, y le recordé que no entrego borradores, y que las órdenes a mis empleados y la organización de mi Notaría es cuestión de mi competencia.

¿He entregado alguna vez más el borrador de una escritura?

Alguna no, muchas veces he entregado el borrador de una escritura, y en casi todas ha sido de gran utilidad.

No hago escrituras especialmente complicadas, más raro es el més que algún compañero abogado me plantea un problema difícil, y de mil amores me encargo de hacer personalmente un borrador para entre los dos ir revisando y puliendo detalles.

Más de uno, con cariño y confianza, me indica que lo que yo ponga está bien, pero insisto en que me ayude, y al final rara es la ocasión en la que el compañero no encuentra algún detalle que es de utilidad, o me enseña cosas que me sirven para casos futuros.

La conclusión es obvia, como regla general no me gusta entregar el borrador de la escritura, pero las reglas generales aceptan excepciones.

 

PD.- Por cierto es curioso que teniendo todo consumidor el derecho a examinar el borrador de su escritura de préstamo hipotecario en los tres días anteriores a su firma, jamás ha venido a mi despacho alguien pretendiendo ejercer ese derecho