Tuve el otro día el gran privilegio de poder impartir unas clases prácticas en la Universidad Pablo Olavide, por invitación de mi compañero Francisco Aranguren, quien me planteó el reto de que explicar cómo hay que acudir a una Notaría para firmar un préstamo hipotecario, y qué es un préstamo hipotecario, a un grupo de universitarios. por lo que tuve que hacer un esfuerzo de imaginar cómo captar la atención de un estudiante de contabilidad un martes a las ocho de la Noche (cosa difícil), y se me ocurrió comenzar haciendo un examen a mi compañero y alumnos cuya única pregunta era cómo desayunaban, con el único fin de explicarles como hay que firmar una hipoteca.

Supongo que les parecerá disparatado, pero si piensan un poco, es rarísimo ver a dos personas desayunando igual: unos toman café (¿con leche? ¿mucha? ¿poca? ¿caliente? ¿fría?, descafeinado?…) otros sólo leche, otros te, otros zumo; si empezamos a hablar de las tostadas (¿con aceite? ¿aceite y sal? ¿aceite y azúcar? ¿mantequilla?…), podríamos seguir con los que desayunan bollería y los distintos tipos de bollo, o continuar por los cientos de tipos de cereales existentes.

Lo cierto es que no recuerdo haber visto a dos personas pedir el mismo desayuno, pues cada uno tiene sus gustos, y eso que creo que cualquiera afirmaría que el desayuno es algo muy sencillo y estándar, o que todos los desayunos son iguales.

¿Por qué cada persona hace un desayuno distinto?

Básicamente porque todos desayunamos a diario, por lo que a base de prueba y error, hemos decidido que desayuno se adapta mejor a nuestros gustos y necesidades.

¿Y qué tiene que ver el desayuno con una hipoteca o con cómo se firma una hipoteca?

Pues muchísimo más de lo que parece, dado que aunque aparentemente todos los préstamos hipotecarios son iguales, en realidad, todos son distintos, no coincide el capital, los plazos y cientos de disposiciones; e igual que, por ejemplo, no es lo mismo tomar el café con la leche caliente o fría, no conviene pedir ni más ni menos dinero del que necesitamos y podemos devolver, ni simplificar algo tan complejo como un préstamo hipotecario en la cuota mensual (que es lo que todos hacemos).

Sin embargo a diferencia del desayuno en el préstamo hipotecario no cabe jugar a la prueba y el error, pues es una operación que la mayoría de las personas realizan una sóla vez en su vida, y sus equivocaciones y errores les pueden costar muy caras.

No se cuantas veces he dicho en este blog (y las que me quedan) que lo importante no es el interés, sino el capital del préstamo; aunque lo cierto es hay múltiples cláusulas que debemos de meditar y ponderar, y que quizá hagan recomendable optar por un préstamo con un tipo de interés más alto, a cambio de una mayor tranquilidad ¿ejemplos?.

  1. ¿No sería más recomendable un interés fijo alto, que estar especulando treinta años con los intereses variables?.
  2. ¿No sería mejor un interés alto pero limitar la responsabilidad a la finca y no a todo el patrimonio del deudor? (art 140LH).
  3. ¿No sería mejor dejar el tradicional sistema francés de amortización, y hacer esta por el sistema de cuotas constantes de capital?.

 

Lo que si que creo es que todos dedicamos diez minutos de nuestra vida a desayunar todos los días (por más que nos tomemos «un café bebido», es lo mínimo que se tarda en elaborar el café y beberlo).

¿Cómo vamos a dedicar a algo tan importante en nuestra vida, como es el pedir un préstamo hipotecario, el mismo tiempo qué a desayunar?, se que todos tenemos trabajo (al menos así lo deseo) pero ¿Cómo es que nos levantamos un poco antes para poder desayunar, y pretendemos aprovechar la hora del café para firmar un préstamo hipotecario?.

Tenemos al Notario que gratuitamente tiene el placer y el deber de explicarnos todo lo que no entendamos, pero si queremos saber a qué sabe un café solo, con leche, frío, caliente etc, tenemos que tener ante todo el interés de saber y la paciencia de escuchar, pues en otro caso nos darán lo que comunmente se llama «café para todos».

Lo de menos es la firma de la escritura

Supongo que estaréis pensando eso, y os tengo que dar la razón, aunque probablemente por motivos distintos a los que me vais a plantear.

¿Cuáles son vuestros motivos?

Supongo que me diréis que el préstamo hipotecario es algo más que acudir a la Notaría, dado que muchísimo antes de la firma, hay un calvario y un peregrinaje constante a la sucursal bancaria, aportando papeles un día si y otro también, y preguntando si ha sido o no autorizada la operación.

Raro es el préstamo hipotecario que no tarda un mes en autorizarse por el Banco y tiene que ser desesperante la espera, lo entiendo.

Sin embargo lo que no entendéis vosotros es que el banco simplemente está haciendo lo mismo que deberíais hacer vosotros, reflexionar, analizar, estudiar y pensar si le compensa o no realizar la operación, y sacarle la máxima rentabilidad; y si queréis engañaros sois libres de hacerlo, pero en ese tiempo (en realidad en todo momento) el banco no está velando por tus intereses, sino por los suyos (y es normal, pues ningún banco es una ONG, sino una empresa que busca beneficio).

Si el banco necesita comprobar si tu eres o no solvente, el primero que deberías estudiarlo eres tu, pues las equivocaciones os costarán caras a los dos. Si la minuta la elabora la asesoría jurídica del banco, es una temeridad hablar de derecho con un jurista que mira por los intereses de otro.

En definitiva, banco no se toma tiempo para autorizar la operación, sino para decidir si contrata o no contigo, y ese tiempo no se lo toma para defender tus intereses, sino para defender los suyos.

¿Cuáles son mis motivos?

De todo el trabajo que hace el Notario y de todo el trabajo que se hace en una Notaría, la firma del Notario es casi lo que menos importa (aunque es lo que marca la diferencia entre el documento público y el documento privado).

Muchos ciudadanos hacen el comentario de «¡Vaya lo que se paga por una firmita!». Lo cierto es que normalmente les firmo un folio en blanco, y les digo que por favor me den un euro para tomar café. Todos miran sorprendidos, y entienden en el acto que yo no cobro por firmar, sino por firmar una escritura pública, que tiene un contenido; firmo porque con mi firma el acuerdo queda solemnizado, nadie dudará ni de la voluntad ni de la capacidad de las partes, ni de la fecha, e incluso (por más que duela a algunos) hago un control de legalidad, y doto al documento de unos efectos que en otro caso no tendría.

¿Desayunaríais en cualquier cafetería?

No hay nada más desesperante que viajar y desayunar, pues lo cierto es que ese acto tan cotidiano suele acabar derivando en que entremos en la primera cafetería que veamos, donde normalmente nos ponen más que un café una especie de purgante (por otra parte de gran utilidad para combatir el estreñimiento) y una tostada de un pan (bien de molde, bien del dichoso baguete -que más que pan, es aire hinchado-).

No puedes tampoco acudir sin más a la primera Notaría que te recomiende el director del banco (que por otra parte escogerá la que le sea más cómoda), si desayunas cualquier cosa en el primer sitio que encuentres, tienes muchísimas posibilidades de acabar en el cuarto de baño, y si vas a la primera Notaría que te topas te puede pasar lo mismo (pero la diarrea te puede durar treinta años).

¿Y cómo consigo desayunar bien?

Aprovechando el tiempo, centrándome en lo que voy a hacer, preguntando lo que no se, y sobre todo: no haciendo uso sino exigiendo un derecho que consagra la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios cuyo artículo 30 dispone:

El cliente tendrá derecho a examinar el proyecto de escritura pública de formalización del préstamo hipotecario en el despacho del notario al menos durante los tres días hábiles anteriores a su otorgamiento. El cliente podrá renunciar expresamente, ante el notario autorizante, al señalado plazo siempre que el acto de otorgamiento de la escritura pública tenga lugar en la propia notaría.

Lo cierto es que en diecisiete años de ejercicio profesional jamás he visto a nadie ejercer este derecho (ya establecido en otras normas anteriores). ¿Creéis que debería de generalizarse esta práctica? ¿Quiénes serán los máximos beneficiados?.

3 días antes de firmar un préstamo hipotecario, tiene derecho a acudir a la Notaría

3 días antes de firmar un préstamo hipotecario, tiene derecho a acudir a la Notaría