Me gusta decir que los Notarios y juristas hemos de ser como el Sr Lobo de la película “Pulp fiction”, pues nos dedicamos a resolver problemas.

Quizá con un ejemplo entendáis mejor en qué consiste esto de la sociedad digital.

Hace poco más un año el Colegio Notarial de Andalucía me pidió que fuera a la Universidad de Sevilla a dar la primera charla que, hasta entonces, había dado en mi vida.

Tenía que hablar con un catedrático de derecho constitucional y otro de derecho internacional sobre la gestación subrogada o vientres de alquiler, en un congreso internacional de estudiantes.

Tras las doctas palabras de los catedráticos, y con más miedo que vergüenza tomé el micrófono y solté lo que ahora vuelvo a repetir.

A mi toda la doctrina y las leyes que se han citado en el fondo me son indiferentes; cómo Notario me planteo un supuesto real, que el otro día vi en la televisión.

Un matrimonio de Valencia contacta por Internet con una empresa de Barcelona, pero a través de un Host situado en California (donde se permite la gestación subrogada) y celebran un contrato de gestación subrogada que ha de tener lugar en Mexico (donde también se permiten los vientres de alquiler) el pago se acuerda en bitcoins.

Huelga decir que era una estafa, y que la empresa reclutaba a chicas de extracción humilde a las que hacinaba en condiciones infrahumanas, de las que sólo salían para ver a la pareja en un hotel de lujo.

Al final ni hijo ni bitcoins.

Mis preguntas son: ¿Cómo haría yo una escritura de gestación subrogada? ¿Cómo lograr el cumplimiento del contrato, o que en caso de incumplimiento se obtenga una indemnización?.

Hablamos de un contrato celebrado a través de internet (que en el fondo es simple aire) cuyos puntos de conexión están dispersos en distintos territorios reales; con un dinero que no es dinero (al menos legalmente hablando), pero que cuesta dinero; y que afecta muy seriamente a seres humanos y a derechos fundamentales.

Hay un nuevo entorno de comunicación que desconoce del concepto de territorio, y que se llama Internet.

He dicho que hay una novedad, aunque en el fondo nada ha cambiado, pues las personas se siguen relacionando (sean analógica o digitalmente), siguen teniendo problemas y necesitan resolverlos (sea analógica o digitalmente).

Lo que si que conviene destacar es que la realidad analógica y la realidad digital, no son dos realidades diferentes, sino que coexisten (así coexisten, son al mismo tiempo distintos, y sin embargo es la misma persona: el Francisco Rosales de este blog, el Notario, y el padre de familia).

¿Hay algún cambio provocado por la tecnología?

Teóricamente la tecnología permite hacer cosas nuevas, y la actual tecnología mejora la comunicación.

No obstante hablamos de cosas que son, y no son novedosas:

La tecnología como medio para hacer cosas nuevas

Es cierto que ahora la tecnología permite hacer cosas hasta hace poco impensables.

No nos engañemos, la tecnología siempre ha permitido hacer cosas impensables; de hecho gracias a cualquier descubrimiento, se pueden hacer siempre cosas que no podían hacerse antes del mismo.

Las invenciones siempre han existido, es algo que caracteriza al ser humano; y de hecho nos han modificado genéticamente.

Es el descubrimiento del fuego el que hizo que los homínidos pudieran digerir mejor la carne, y por tanto tomar más proteínas, de lo que se derivó el incremento de la capacidad cerebral y la aparición de los primeros homo sapiens.

Lo que si es novedoso es que el conjunto de cosas que se pueden hacer, y personas que pueden hacerlas, gracias a la tecnología se ha incrementado exponencialmente ese conjunto de cosas y personas.

Las cifras son de tal magnitud que es cierta la afirmación que hicieron un grupo de abogados al crear ENATIC:

No estamos en una época de cambios, sino ante un cambio de época

La tecnología como cauce de comunicación

Primero la aparición de los ordenadores , y posteriormente la generalización de Internet; ha provocado una nueva forma de comunicación.

Sin embargo el hecho de la comunicación en si tampoco eso es novedoso; de hecho el ser humano sólo ha realizado dos grandes inventos: el fonema (o capacidad de verbalizar ideas, en definitiva el lenguaje) y el grafema (o capacidad de dejar constancia duradera de lo hablado).

No es el hecho de hablar o escribir lo que genera relaciones, pues hay primates y otros animales que mantienen relaciones complejas.

El habla y la escritura, lo que permite al ser humano es resolver mejor esas relaciones, e introducir en la solución de los conflictos valores diferentes al de la mera fuerza o la mera conservación de la especie.

Es a raiz del habla y de la escritura cuando surgen los primeros juristas, pues el jurista ante todo es alguien que conoce de conflictos y los resuelve conforme a unas normas.

La novedad es que mientras que distintos idiomas y formas de escritura han aislado tradicionalmente a los grupos humanos; por primera vez un lenguaje (el binario) es universal y desmorona la tradicional torre de babel que ha caracterizado a la comunicación humana.

¿Derecho tecnológico o derecho de la comunicación?

Hemos de tener presente que la comunicación es base de cualquier relación humana, y que allá donde hay una relación humana suele surgir una controversia, así como que las controversias las resuelven juristas.

Tan controvertida puede ser la venta de un burro, como que un ordenador marca Mac acepte un determinado programa informático, más sea como sea estamos ante un conflicto.

Resulta absurdo crear toda una teoría del derecho cada vez que surge una novedad técnica; y por ello es absurdo hablar del derecho tecnológico.

El derecho ante todo es comunicación; lo que sucede es que durante milenios la comunicación ha sido verbal o escrita, y ahora ha aparecido un nuevo lenguaje (el lenguaje binario), un nuevo entorno (Internet) y unos nuevos elementos (los miles de ordenadores y smartphones que hay repartidos por el mundo)

Internet no tiene territorio, es un mero entorno de comunicación; y en el mundo digital la comunicación se produce de muchas formas, es por ello que creo que más que de derecho digital hay que hablar de derecho de la comunicación, en el que destacan:

  • En el mundo digital, además de comunicación entre personas, hay comunicación entre los dispositivos usados por las personas (por lo que hay que conocer las normas técnicas que tienen esos dispositivos tanto como las jurídicas).
  • Que la comunicación ahora se hace con un nuevo lenguaje, y este nuevo lenguaje es el matemático; evidentemente pedir a un jurista, acostumbrado a usar el fonema y el garfema (esto es, el lenguaje oral y escrito) que entienda de lenguaje binario, hexadecimal, código fuente o html es un reto, para el que, al menos yo, no estoy aún preparado (pero que no dudéis nos toca aprender)
  • Que la comunicación tiene lugar en tiempo real entre lugares distantes, por lo que el concepto de territorio (base de toda norma jurídica) carece de sentido; pues no puede imponerse por la fuerza casi nada, y el volumen de comunicaciones es tal, que resulta incontrolable.

 

Es por ello que no me gusta hablar de derecho tecnológico, ni de derecho digital, sino de derecho de la comunicación; igual que no me gusta hablar de nuevas tecnologías, pues más de uno sigue llamando como tal a un diskette de 3,5.

¿El derecho digital es bueno o malo?

Si os hablo de Internet, y sin necesidad de que seáis especialistas, supongo que dos palabras saltarían rápidamente a vuestras cabezas.

 

Sin embargo ni los objetos ni la comunicación son buenos o malos, pues buenas o malas son las personas.

Una pistola es buena o mala según la use el policía o el asesino; y una palabra, según el contexto puede o no ser malsonante (recuerdo que Camilo José Cela decía, que si olvidáramos su significado, la palabra más bella de la lengua castellana es almorrana).

Internet genera dudas, no vamos a negarlo; sin embargo las cifras del comercio on line son mareantes, y el conjunto de información que se envía por e-mail, o cómo las RRSS afectan a nuestras vidas es algo notorio.

Todas estas relaciones, generan conflictos, y todos esos conflictos están llamados a ser resueltos; la pregunta es si los resolveremos los juristas u otras personas: como los Game Operators de los MMOG, o los encargados de las políticas de privacidad de las RRSS.

Hasta hace poco, había soluciones tecnológicas para problemas reales; más la tecnología en si, ha adquirido tal relevancia, que ha pasado a tener autonomía propia, y muchos problemas digitales ni pueden, ni deben ser resueltos con criterios analógicos.

Es por ello que empecé hablando del Sr Lobo, pues los juristas hemos de asumir que en el mundo digital, si no somos parte de la solución, es que somos parte del problema.

Por más que nos empecinemos tratando de aplicar leyes de un estado, ni dichas leyes se van a aplicar en otros países, ni vamos a cerrar el tráfico on line, ni desde luego el ciudadano va a aceptar la respuesta «su problema no tiene solución».

El reto que plantea el derecho digital, para un jurista consiste en:

  1. La necesidad de adaptación técnica a un nuevo entorno y unas nuevas herramientas.
  2. La necesidad de analizar ese entorno y herramientas, y de refrescar conceptos que creíamos conocer, y sobre los que en el fondo tenemos muchas carencias.

 

Sólo así conseguiremos un final feliz

PD.- Este post está dedicado con toda mi admiración a Rodolfo Tesone, y la magistral ponencia que nos dio el día 8 de Febrero en el Master en derecho de las nuevas tecnologías  que se imparte en la Universidad Pablo de Olvide (que por cierto está, al menos en parte, en el término municipal de Alcalá de Guadaíra)

A mi juicio más que masters en derecho tecnológicos (y pocos hay) se hace cada vez más indispensable la creación de una carrera universitaria que mezcle los conocimientos que tiene un jurista, con los de un filósofo, un lingüista, y especialmente un ingeniero informático.

Es cierto que cada vez el jurista está obligado a trabajar más por menos dinero; más no menos cierto es que quien sepa de ingeniería informática y derecho, puede hoy en día permitirse el lujo hasta de rechazar trabajo, y poner el precio que quiera a sus servicios.

 

 

Foto cortesía de Vintuitive

Licencia Creative Commons