Siempre me han preguntado si hay que firmar antes la escritura de compraventa o la de hipoteca, y es una pregunta absurda, por más que tenga su lógica.

El problema es el de la eterna pescadilla que se muerde la cola:

  1. Si no tienes el dinero no puedes comprar
  2. Si no puedes comprar no puedes hipotecar
  3. No puedes hipotecar si no eres dueño y por tanto si antes no has comprado

 

Lo cierto es que hay un momento que es el tiempo que media entre la firma de la escritura de compra y la escritura de hipoteca, en el que todo está en el aire, y por eso algunos son amigos de firmar primero la escritura de hipoteca (problema que tras la actual LCCI es menor, pues dado que antes de la hipoteca se ha hecho un acta en la que el Notario ha explicado todo a las partes -aún no he conseguido hacer un acta que tarde menos de una hora- poco más de uno o dos minutos tardo actualmente en firmar una hipoteca).

Cuando antes de la LCCCI se ponían en ese plan, no he tenido el más mínimo problema (de hecho lo hacía con cierta frecuencia) en leer primero el préstamo hipotecario a los compradores, y cuando tenía la certeza de que lo habían entendido e iban a firmarlo, hacía entrar a los vendedores para leer y firmar la compra.

Sólo firmada la compra es cuando se firmaba la hipoteca.

Algunos me han planteado qué pasaría si firmada la compra, y por tanto siendo el comprador dueño, este se negara a firmar la hipoteca.

La solución es tan sencilla  como el redactar bien los medios de pago y dejar constancia de que el pago queda condicionado a la firma del préstamo hipotecario.

El debate es tan absurdo, y el problema de tan fácil solución, que nunca me había molestado en escribir sobre el tema.

Sin embargo hace poco, me plantearon un asunto, que por otra parte sólo hizo reforzar mi criterio.

Me comentaban que la vendedora estaba mayor, y que la compra había que firmarla en una residencia de ancianos, por lo que me pidieron que firmara primero la hipoteca.

Les aclaré que simplemente la leería (cosas de las gestoras que aparecen en el despacho para revisar las escrituras que luego no firman) pero que la firma con el director y los prestatarios sería sólo una vez se firmara la compra.

El gestor (que por otra parte ese mismo día tenía que ir a cuatro notarías más) me lo agradeció, y nos pusimos leer la hipoteca.

Antes de empezar me pareció correcto explicar el por qué de las cosas, e hice ver a las personas que sería un grave problema si una vez que firmáramos la hipoteca, en la residencia de ancianos, viera que la parte vendedora era incapaz.

¿Tu a la vendedora la has visto, y sabes que es capaz?….pregunté al director del banco

No….respondió

Intenté mantener la calma, pues tampoco era necesario que el director del banco viera a la vendedora, aunque en un pueblo todos nos conocemos, y la mirada directa del director a mis ojos, me reveló muchas cosas.

¿Han visto ustedes a la vendedora y es capaz?…pregunté a los compradores

No….respondieron

En ese momento saltaron todas las alarmas, y sintiéndolo mucho por el de la gestoría, dije que hasta que no viera yo a la vendedora, no iba a perder el tiempo.

Tras una queja del gestor (qué por otra parte poco tardó en entender el tema) nos fuimos a la residencia de ancianos.

Es llegar a la residencia y ver en la puerta a no menos de ocho personas que me estaban esperando.

No necesité mucha imaginación, para intuir que eran sobrinos y el corredor que habían intervenido en el trato; pero sobre todo el número de señales de alerta que saltaron en mi cabeza se dispararon.

¿Qué pintaban ahí, si ni vendían ni iban a recibir el precio?

Tenía cerca a uno de los compradores, y le hice ver el tema, a lo que me suelta que en su contrato privado de compraventa firmaba una señora como heredera de la vendedora.

¿Heredera de un vivo?

Poco he de añadir sobre lo que me encontré en la residencia, pues en una silla de ruedas, con la mirada completamente perdida, me presentan a la dueña que iba a vender, y me dice uno de los sobrinos que no hablaba la señora.

Yo entro y le explico todo….me dice una señora

No señora, entro yo solo primero y hablo con ella

Es que no va a hablar….me comenta

Me da igual si habla, pero quiero comprobar que me entiende…le respondí

Pues hace poco firmó una escritura….me suelta, al mismo tiempo que me enseñaba una escritura de hace 17 años.

Mire Ud, no se si me habla en serio o me toma por tonto, pero está Ud provocando que me vaya de aquí sin ni siquiera hablar con esa persona

Sabía el resultado, pues la cara de la señora daba a entender claramente sus facultades mentales (de hecho presenciaba la conversación sin inmutarse y con una sonrisa)

Aún así, entré con la «vendedora» acompañado del director del banco y de los compradores (los cuales tenían una cara de estupor inenarrable ante lo que estaba sucediendo)

Saludar a la persona, ver que ni me miraba, hacerle dos preguntas, ver que ni reaccionaba, fue algo rápido y extraordinariamente doloroso para todos.

Miré al director y compradores, les hice un gesto con la cabeza dando a entender que hacía mucho tiempo que la cabeza de esa señora estaba en otro sitio, y los tres asintieron con una muesca de dolor.

Tengo que confesar que no di muchas explicaciones de por qué me negaba a firmar, y me marché lo más rápidamente que me permitía mi educación, pues sinceramente es de esas ocasiones en las que lo que quieres es liarte a pegar guantazos y no parar.

Al día siguiente el director, que se quedó dando explicaciones, me comentaba que el corredor que había montado el estropicio, aún insistía en la validez del contrato, y la sobrina le soltaba que era la tutora legal de su tía.

Sea como fuere y conforme al artículo 757.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, comuniqué la incapacidad a fiscalia (por cierto no estaría de más que para estos temas pudieran hacerse comunicaciones telemáticas y no el arcaico sistema del correo certificado con acuse de recibo).