Por si no lo sabes, para hacer testamento no es necesario que vayas al Notario, pues la ley te permite hacer tu mismo, tu propio testamento de forma gratuita, escribiendo de tu puño y letra tu última voluntad, eso se llama hacer testamento ológrafo.

Sin embargo no te engañes, que hacer testamento por ti mismo, es algo parecido a los muebles de Ikea, que son «una jartá» baratos y que luego no hay ser humano que sea capaz de montarlos.

Lo cierto es que tu mismo puedes hacer tu propio testamento ológrafo; otra cosa es que alguien se entere de que lo hayas hecho, y desde luego te puedo garantizar que en la rifa del sorteo de problemas en tu herencia, ese testamento ológrafo, lleva casi todas las papeletas del premio gordo.

Claro, como el que escribe es Notario ¿qué va a decir?

Pues te equivocas, radicalmente; a mi me importa un rábano, si haces testamento ológrafo o ante Notario.

Primero porque es mas que improbable que vayas a venir a mi Notaría.

Pero sobre todo, porque un testamento Notarial cuesta menos de 40€ y si haces testamento ológrafo, tendrá que protocolizarse ante Notario, y esa protocolización difícilmente cueste menos de 300 €.

Conclusión, si te recomiendo que hagas testamento Notarial, no es porque yo vaya a ganar dinero; sino porque se lo van a ahorrar las personas a las que tu quieres; y sobre todo, porque les vas a evitar muchos problemas y dolores de cabeza.

Por cierto, y dado que has decidido hacer tu mismo tu propio testamento, ruego a más de un amable lector que deje de ponerse en contacto conmigo por e mail para preguntarme cómo hacer testamento ológrafo (que más de un caso he tenido de personas pidiéndome que les redactara yo: o su testamento ológrafo, o el de algún pariente).

Sin embargo testamento ológrafo se mantiene en secreto

¿Seguro?

Para empezar, guárdalo muy bien, el problema es que si lo guardas tan bien, puede que nadie se entere de que existe, y por tanto no llegue a surtir efecto. De hecho, y por si no lo sabes el testamento ológrafo pierde su validez si en los cinco años siguientes a tu fallecimiento no se protocoliza notarialmente (artículo 689 del Código Civil).

Una opción es contarle a alguien de tu confianza donde has guardado tu testamento ológrafo; sin embargo, espero que conozcas el dicho «si quieres que todos sepan un secreto, cuéntaselo a tu mejor amigo«, por no hablar que esa persona de confianza puede morir antes que tu, o simplemente no recordar que le dijiste.

¿No crees que es un contrasentido querer guardar un secreto, y decirle a alguien donde está ese secreto?.

Recuerda que el Notario, no es que sea un profesional y tenga deber de guardar secreto (como todo profesional) es que es un funcionario público, y por tanto de revelar un secreto, estaría cometiendo un delito, y cree que nadie se juega la cárcel por esas cosas.

Hace más de veinte años que en el testamento notarial no es necesaria la presencia de testigos (salvo casos muy excepcionales) por lo que todo lo que digas en un testamento notarial, sólo queda entre el Notario y tu.

En todo caso, y si desconfías del Notario, una opción es hacer testamento notarial cerrado (el problema es que el responsable del contenido de ese testamento eres tu, y perderás la oportunidad de ser asesorado gratuitamente por un profesional).

Pues a mi me han dicho que el Notario «se chiva» a un Registro de Últimas Voluntades

Casi aciertas, pues lo único que hace el Notario es decir a ese registro que tu has hecho testamento, pero no comunica el contenido del testamento.

De ese registro, sólo puede obtener información en vida del testador, el propio testador; cierto es que a su fallecimiento puede pedirse información, pero hay que aportar previamente el certificado de defunción, y como te he dicho sólo se descubrirá cuantos testamentos notariales ha otorgado una persona, pues su contenido sólo se sabe pidiendo copia en la Notaría, que además comprobará el interés legítimo del solicitante.

Por tanto con este registro sólo se garantiza que cuando tu fallezcas descubran cual es tu testamento, pero no antes, por lo que no sólo se mantiene secreta tu voluntad, sino que además se asegura que sea conocida en el momento oportuno.

Tienes derecho a comunicar tu testamento ológrafo a ese Registro, pero como eres tan listo, hazlo tu también.

Mi problema es que no tengo tiempo de ir a la Notaría a hacer testamento y además es que no puedo salir de casa

El coste por hora de desplazamiento del Notario en horario de oficina y dentro del término municipal es de 18 € y si es fuera del término municipal o de horario de oficina 24€ ¿conoces algún profesional cuya hora de desplazamiento sea más barata?.

Ni es la primera, ni la última vez que como Notario me desplazo a domicilios, residencias de ancianos u hospitales para hacer testamento, y tengo que confesar que no conozco ningún notario que: ante lo ridículo del coste del desplazamiento, cobre la salida, si esta obedece a una necesidad del testador (otra cosa son los caprichos, y en ese caso, sinceramente el coste indicado me parece ridículo).

En cuanto al tiempo, pocas son las Notarías que no abren mañana y tarde, y muchas menos las que  respetan escrupulosamente los horarios (al menos yo abro todas las tardes de cinco a siete, y pocos son los días que no me dan las ocho, e incluso las nueve de la noche -me consta que lo mismo le pasa a muchos compañeros-).

Yo quiero que mi herencia se haga como yo digo

Siento decirte, que el Notario no es quisquilloso, la que es quisquillosa es la ley, y no creas que porque no intervenga el Notario, tu herencia se va a someter a una ley distinta.

Si decides hacer lo que te da la gana, y prescindes de las normas legales (especialmente en materia de legítimas) la conclusión es que probablemente acabe habiendo pleito entre las personas llamadas a tu herencia ¿es eso lo que quieres?.

En todo caso, la ley admite matices, quizá si te dejas asesorar de forma gratuita por un profesional, no logres que se cumpla tu voluntad, pero si que nos acerquemos a ella.

¿Puedes poner un ejemplo de lo que dices?

El caso más frecuente es el de las parejas con hijos, pues lo habitual es querer dejárselo todo a aquella persona con la que tenemos un proyecto de vida en común, por dos motivos:

  1. Porque probablemente cuando faltemos esa persona sea la más necesitada de protección (especialmente si cuando faltamos somos ancianos, y nuestros hijos son mayores de edad -cosa bastante frecuente-)
  2. Porque obviamente cuando tienes una pareja, la tienes voluntariamente y pretendes que sea de por vida; mientras que por más que quieres a tus hijos, la máxima ilusión de un padre es que dichos hijos se independicen y les vaya bien.

 

Sin embargo la ley obliga a dar dos terceras partes de nuestros bienes a los hijos y descendientes, y sólo en caso de estar casados (ojo que no vale si no hay matrimonio) una de esas dos terceras partes es disfrutada por nuestro cónyuge.

Para evitar ese problema, cabe la posibilidad de poner en el testamento la conocida como cautela socini, que yo prefiero llamar cláusula de opción compensatoria; sin embargo y como tu quieres hacer tu testamento ológrafo ¿para qué te la voy a explicar?, mejor hazla tu mismo.