Así de brutal fue la pregunta, cuando el año pasado me negué a firmar un poder ¿me dice Ud que lo mejor que puede pasar es que se muera mi madre?.

La pregunta es tan fuerte y los hechos tan sangrantes, que no me atreví a preguntar ¿y por qué no hizo su madre un poder preventivo?, ni quise explicar que yo no tenía la culpa de la falta de previsión de la señora.

El caso es dramático, y raro es el Notario que no ha vivido situaciones similares. Se trataba de una señora de más de ochenta años ingresada por un ictus cerebral en uno de esos hospitales que yo denomino «de entrada, pero no de salida», es un hospital que hay en la ciudad en la que trabajo, que no tiene servicio de ginecología, ni de pediatría, ni otros muchos.

Cada vez que me llaman para acudir al mismo, me pongo a temblar, pues las escenas que tengo que ver son dantescas: tres personas muriendo al mismo tiempo en una habitación, todas mayores.

Juzgar la capacidad en estos casos es dificilísimo, aunque siempre recuerdo la recomendación que me dieron cuando aprobé las oposiciones «si un padre otorga testamento nombrando herederos a los hijos por partes iguales, así no se mueva seguro que es capaz. Pero si un tío es el que nombra heredero a un sobrino que tienes delante, así te recite el Quijote no lo es».

No trato con esta entrada de hablar del juicio de capacidad que hacemos los Notarios y los problemas que nos plantea, sino hablar de un caso concreto que he vivido personalmente y que me tiene indignado.

Todos los hijos de la señora estaban delante mío, se pretendía que actuaran los cinco hijos mancomunadamente; el problema es que la señora se resistía a morirse, y con los recortes que hay en sanidad, el hospital les había dicho que si la señora no mejoraba en unos días o se moría le darían el alta para que pudiera «fallecer tranquilamente en su casa».

Los cinco hijos estaban en el paro, pero la señora tenía dinero en cuenta corriente, y lo que pretendían era con ese dinero poder contratar máquinas de respiración asistida y un profesional que les ayudara en la durísima tarea de cuidar a su madre en sus últimos días.

Fui dos veces al hospital, la señora no hablaba, pero era capaz de gesticular y comunicarse; pude comprobar como reconocía a sus hijos, como se alegraba de verlos, incuso como de una u otra forma les hacía ver que lo estaba pasando mal, pero cuando hablaban del Notario hacía gestos como diciendo «dejadme en paz, me estoy muriendo, no quiero saber de nada», pude comprobar cómo la señora se negaba literalmente a que le explicara el objeto de mi presencia, y sinceramente me planteaba si yo haría lo mismo que ella si me encontrara en tal estado.

Fue a raíz de esa visita cuando decidí escribir sobre los poderes preventivos, pero en ese caso ya era tarde, el poder no se había otorgado, la señora como tantas y tantas personas no había previsto su incapacidad, y ahora que su capacidad era discutible (evidentemente nunca sabré si lo que yo entendí de los gestos de la señora es lo que digo u otra cosa) era tarde.

Tarde o no, lo cierto es que tenía delante de mi un ser humano sufriendo, quizá los hijos no eran perfectos, quizá los hijos intentaron engañarme, pero lo cierto es que dichos hijos estaban todos juntos, que la señora aún sufriendo una dolorosa agonía sonreía cuando veía a sus hijos, que no fui una, sino dos veces al hospital, que la cara de compasión de los vecinos de habitación era palpable, que los hijos si querían el dinero bastaba con que esperaran a un fallecimiento que igual podía tener lugar en horas que en meses.

Tuve que negarme a firmar, y recuerdo a los cinco hijos angustiados rodeándome en la puerta del hospital y comentándome la situación; es más uno de ellos (con toda la buena fe que sólo un hijo que quiere a su madre puede tener) me intentaba hacer ver que sólo una firma mía era capaz de aliviar el sufrimiento innecesario que se le avecinaba a la madre, sólo mi firma podría lograr sacar ese dinero del banco para poder prolongar un poco más la vida de su madre o por lo menos para que esa agonía fuera algo menos dura.

Es imposible explicar con palabras lo vivido, como pude comprobar la honestidad de esos hijos, el drama de esa señora, y la cruda realidad que nos rodea.

A los pocos días me llamó una abogada preguntándome qué solución le podíamos dar al tema.

Ambos sabíamos que la única forma era incapacitar a la madre y nombrarle un tutor, pero ambos sabíamos lo que dura un proceso judicial, y el valor que se da a los procesos de jurisdicción voluntaria en España.

Le comenté que sólo se me ocurría comunicar los hechos a fiscalía, cosa que no he hecho jamás, por si (ante la carta de un Notario) lográbamos agilizar el proceso judicial y conseguir que esa señora fuera cuidada debidamente en sus últimos momentos de vida.

Encantada la abogada me pidió que lo hiciera, y quedamos en que incluso le remitiera el escrito, por si ella quería añadir algo y provocar el celo del fiscal.

Así se hizo.

El resultado es que once meses después recibo una contestación de fiscalía en la que me comunica que archiva las actuaciones porque la señora ha fallecido.

¿Cuál es el problema?

La señora falleció a los cuatro meses de los hechos, y la fiscalía responde a los nueve, al final agonizó, pero afortunadamente me comunica fiscalía que falleció en el Hospital, por lo que quiero creer que ese alta nunca se produjo, que esa señora tuvo los cuidados necesarios, y que esos cuatro meses de vida no fueron una tortura.

Tengo el teléfono de la abogada, también la tentación de preguntar si ese final feliz de la historia se produjo, pero me produce pánico llamar para saber que al final el alta se produjo, y que aquellos cuatro meses fueron un ir y venir de la señora de una casa en la que no contaba más que con el cariño de sus hijos a un hospital donde simplemente no hay dinero y era un viejo más que tarda en morirse y cuesta un dinero que no hay.

¿Olvidaré esta historia en los veinte años que me quedan de carrera profesional? sinceramente lo dudo, y al menos escribo estas líneas para que otros la conozcan y la tengan presente.

Por si alguien duda, tengo que dejar claro que tampoco me cabe duda de la absoluta falta de medios con los que cuentan los fiscales, que se que se lleva (igual que los jueces) mucho trabajo a casa, que es ingente la cantidad de asuntos en los que intervienen (y que van desde temas penales, hasta temas de menores e incapacidad, pasando incluso en ocasiones por temas laborales).

Se sobradamente que el Ministerio Fiscal, poco más pudo hacer, que abrió la carta cuando pudo, que trabajó en la medida de sus posibilidades, que no puede humanamente abordar con los medios que tiene los asuntos que la ley le encomienda, es el sistema el que falla y cualquiera de nosotros (en este caso le tocó a esta señora y a estos hijos) puede verse en esta situación.

En la siguiente entrada de este blog el letrado de Écija Don Marcos Díaz Pradas hace unas interesantes reflexiones sobre esta materia