Soy padre, y entiendo perfectamente que un padre es capaz de hacer por un hijo, lo que ese hijo jamás haría por su padre. Tengo que confesaros que le tengo un pánico tremendo a la muerte, pero sólo de pensar que puedo ver morir a un hijo mío, la deseo con toda mi alma. ¿Daría un aval a mi hijo? la respuesta es que pese a todo lo que os voy a comentar, confieso que no se que haría, pues la cuestión no es si avalar o no a mi hijo, sino que es lo que no estoy dispuesto a hacer por ellos.

El que esté dispuesto a hacer algo, no quiere decir que no sepa que hago, sus riesgos y peligros, y con esta entrada simplemente os informo de ellos, aunque se que la frase «poderosas razones tiene el corazón que no entiende la razón» viene que ni pintada al pelo; por lo que os deseo suerte en vuestra decisión.

Sólo trato de informaros para que no os llaméis al engaño; de hecho ya he escrito en este blog sobre los peligros de la fianza, aunque siendo una entrada algo larga y técnica, quizá respondiendo a unas sencillas preguntas pueda ayudaros mejor.

¿De qué respondo si avalo a mi hijo?

Obviamente respondes de la deuda contraída por tu hijo tal y como él la ha pactado.

Parece una tontería, pero compruebo que cuando los hijos piden un préstamo al banco, son ellos los que negocian las condiciones, y los padres se limitan a firmar. La realidad es que las condiciones pactadas en el préstamo afectan al avalista, por lo que no pueden permanecer ajenos a la negociación.

Todos entenderéis rápidamente que no es lo mismo avalar una deuda con un interés alto, pero no todo se limita a eso, pues figuras como intereses de demora, comisiones por amortización anticipada, o comisiones por reclamación de deuda impagada  (y otras que veremos), pueden afectar seriamente al que presta el aval, y por tanto es más que conveniente estar atento a todo.

En cualquier caso, entended que vuestro hijo es más joven e inexperto que vosotros, por lo que su capacidad de negociación es menor, y dado que tenéis más experiencia, sería recomendable que los ayudéis; en todo caso, siempre se dice que cuatro ojos ven más que dos, y que decir …»es que mi hijo lo hizo todo, y yo solo firmé» no es un argumento, sino una excusa, y una irresponsabilidad, pues en el fondo no estamos ayudando a nuestro hijo, sino abandonándolo a su suerte.

 

¿Con qué respondo de la deuda de mi hijo hago el aval?

Con todos tus bienes presentes y futuros.

No entiendo que es lo que no has entendido de la frase anterior, pero tus bienes son tus ingresos, tu casa y todo lo demás que forma parte de tu patrimonio (aunque hay una cantidad mínima inembargable, y aclaro que el artículo 606 no incluye entre lo inembargable la vivienda habitual, por si tenéis interés este post del letrado Don Lázaro Amable Méndez os lo aclara).

Ver padres jubilados cuyas pensiones se embargan por avalar al hijo, o cuyas viviendas se ejecutan por dichos avales, creo que es algo que está a la orden del día, por lo que os llamo a la reflexión, y sobre todo a que entendáis que si vosotros mismos no sabéis cómo es vuestro hijo, o como irá la fortuna de ese hijo nadie puede informaros de ello (pues no existen los adivinos).

En todo caso te pregunto: si el banco pide un aval, es porque el banco no se fía de tu hijo ¿no crees que te están diciendo claramente que no lo hagas tu?.

Nada impide limitar la fianza, de hecho algunos bancos aceptan esta posibilidad (los menos) por lo que te recomiendo que negocies e insistas en la defensa de tus intereses, a fin de cuentas el banco hará lo mismo con los suyos.

¿Es lo mismo avalar que hipotecar?

Mientras que en el aval respondes con todos tus bienes, en la hipoteca respondes sólo con el bien hipotecado.

La diferencia es importante, porque no comprometes de igual forma tu patrimonio, no obstante te ruego que estés atento pues muchas veces los bancos piden tanto aval como hipoteca, y no es que el Notario lea rápido ni lento, es que hay que estar atentos y preguntar lo que no se entienda, y expresamente pedir al Notario que te aclare en cual de estas dos situaciones te encuentras.

¿Se dirige el banco antes contra mi hijo como deudor, que contra mi como avalista?

Cierto es que la regla general es que en caso de aval, el acreedor ha de requerir de pago al deudor antes que al avalista, pero es cláusula de estilo el que se renuncie a este derecho que se llama beneficio de excusión.

La consecuencia, es que ante el impago de la deuda el banco acudirá a quien vea que tiene más posibilidades de pagar.

Cierto es que todo lo que pague el avalista puede reclamarlo al deudor, sin embargo: si el banco reclama al avalista ¿no será que el deudor es insolvente, y por tanto no pagará ni al banco ni al avalista?, y aunque así fuera ¿demandarás a tu hijo?.

¿Y si somos varios los avalistas?

Nuevamente los bancos suelen imponer la responsabilidad solidaria de los avalistas, o dicho de otra forma que el banco se reserva el derecho de reclamar el importe total de la deuda a cualquiera de ellos y dejar que entre si resuelvan si responden o no proporcionalmente.

No deja de ser frecuentes las parejas de novios que piden una préstamo hipotecario y son avalados por los padres de ambos, sin embargo eso no va a suponer que cada familia responda frente al banco de la mitad de la deuda, y el banco irá directamente contra la familia de la que pueda cobrar más fácilmente.

No os llaméis a engaños, y no os centreis en cosas equivocadas, pues el banco busca dinero y no bienes, por lo que si una de las familias es una familia trabajadora con nómina, y la otra una familia con muchas propiedades, al banco al que le interesa «cazar» es a la primera, dado que el banco no entiende de justicias, sino que simplemente trata de cobrar dinero, pues para eso lo prestó.

¿Que pasa si mi hijo se pelea con el novio o novia y he prestado un aval?

Pues que como en el Apolo XI…»Houston…tenemos un problema«.

Ahora resulta que tenemos una casa comprada con toda la ilusión del mundo, y que nadie quiere; sin embargo el banco quiere su dinero, y os recuerdo que en el préstamo el banco no hace negocio alguno con la casa, ni quiere la casa, quiere recuperar su dinero con interés.

La disputa entre novios te afectarán seriamente, dado que para ellos, si uno paga y el otro no, lo que comprueba es que paga algo de lo que va a disfrutar el otro, y si ninguno de los dos paga, empiezan a correr los intereses de demora.

El banco no entiende de amores, entiende de dinero, y tratará de cobrar por todos los medios posibles, pero ahora es tu patrimonio y tus ingresos los que están en el aire.

No voy a recomendarte que te metas en la relación de tu hijo, pero si vas a avalarlo, creo que estás más que en tu derecho de hacerlo; muchos padres sabemos o intuimos que las relaciones de nuestros hijos no pintan bien, y avalar a esas relaciones no supone inmiscuirse en ellas, sino proteger nuestro patrimonio y el de nuestra familia.

¿Puede el banco ir contra mi cuenta corriente?

La respuesta es no, y sólo puede pedir el embargo de la misma.

Sin embargo, la banca es lista, hace sus deberes, y suele insertar una cláusula en la que se faculta al banco para compensar cualquier saldo negativo con saldos positivos que tengas en la misma entidad, por lo que te recomiendo muchísima firmeza rechazando esa cláusula, o cuando menos que tengas la prudencia de no tener tu dinero en la misma entidad en la que tu hijo ha pedido el préstamo que ahora avalas.

¿Si fallezco, se extingue el aval?

Ten mucho cuidado, porque el fallecimiento del avalista no extingue el aval, sino que pasa a sus herederos, por lo que avalando a tu hijo, no sólo comprometes tu patrimonio, sino que puedes comprometer el patrimonio de tus demás hijos.