Ya he tratado en este blog las 12 preguntas más frecuentes sobre testamentos y herencias, o los 11 consejos de un notario (muchos de los cuales deberíais de leer antes de hacerlo con esta entrada) toca ahora ofreceros 11 consejos antes de firmar una hipoteca.
1 Ve a la Notaría días antes de la firma
El préstamo hipotecario es una operación compleja, por más que la ley obliga al banco a darte una Ficha de Información Precontractual, entender ese documento no es fácil.
La ley te da derecho a examinar tres días antes de la firma la escritura, y el Notario no puede cobrarte: ni por examinar la escritura, ni porque le preguntes sobre el contenido de la misma.
Tomar decisiones a diez o veinte años vista, sobre productos complejos es algo que no puede hacerse de un día para otro, y lo más valioso que tenemos es nuestro tiempo, por lo que conviene aprovecharlo en nuestro favor, sabiendo que firmamos y reflexionando.
El Notario no está para decirte que te conviene, pues ha de ser imparcial, pero si para decirte que haces, y comprender una operación compleja como un préstamo hipotecario en media hora es realmente imposible para la gran mayoría de los ciudadanos; en todo caso recuerda que el Notario es imparcial, el Abogado defiende tus intereses, por lo que contratar a un Abogado, por más que te cobre por la consulta, es algo que puede ahorrarte mucho dinero.
2 El Notario lo eliges tu, no el Banco
El Banco elegirá siempre al Notario que le sea más cómodo; no te engañes, todos los Notarios no son iguales, el Banco lo que pretende es firmar lo más rápido posible, y es poco amigo de dar explicaciones o ser controlado.
Lo que no parece sensato es que siendo tu el que vas a pagar el préstamo, y haciendo el banco negocio contigo, tengas que desplazarte fuera de tu lugar de residencia para obtener el dinero.
Hay Notarios en casi todos pueblos de España que tenga más de 5.000 habitantes, y muchos están en los barrios de las grandes capitales, por lo que un desplazamiento tuyo fuera de tu lugar de residencia no es normal; cuanto más cercano a ti esté el Notario, más posibilidades tienes de que sea más cercano a ti y más lejano al Banco.
El valor del documento autorizado por un Notario es el mismo en toda España, y el arancel también, pero el servicio no es el mismo; huye del trato despersonalizado, y especialmente del Notario que «firma rápido», pues la escritura se puede explicar en cinco minutos o en media hora ¿crees que la entenderás igual?, ten en cuenta que el Notario cobra lo mismo estés el tiempo que estés en su despacho.
3 Nadie te obliga a firmar el préstamo y no hay prisa alguna por hacerlo
Comprendo perfectamente que una Notaría es un sitio aburrido y que no te apetece estar mucho tiempo en ella, pero piensa que te juegas tu dinero y tu futuro y las prisas jamás te beneficiarán, si lo piensas bien el Banco estará muchísimos años pacientemente cobrándote la cuota, pero esa cuota la cobrará un día concreto del mes, y serás tu el que tenga que trabajar todos los días para tener el dinero necesario.
No pasa nada, si no entiendes o no estas conforme con algo, porque aplaces un par de días la escritura para reflexionar, antes de que tu firmes la hipoteca es problema del banco y del Notario, pero una vez que la firmes será tu problema.
Entiendo que si pides dinero es porque lo necesitas, comprendo tu ilusión por comprar la casa; sin embargo probablemente después de comprarla tendrás que hacer una mudanza u obras ¿vas a dedicar a la compra de la casa menos tiempo que a la compra de los muebles o al tiempo que necesiten «los artistas»?
4 Olvídate un poco de la cuota que pagarás por el préstamo
Comprendo perfectamente que probablemente sea el dato que más se mira, y es lógico; sin embargo es altísimo el número de personas que se centran de modo exclusivo en la cuota que tienen que pagar todos los meses, sin caer en la cuenta:
El hecho de que podamos hoy pagar la cuota, no quiere decir que podamos pagarla en el futuro
No podemos tomar una decisión a un plazo mínimo de diez años (en ocasiones hasta cuarenta) pensando exclusivamente en que podemos hacer hoy.
Sería bueno no analizar el presente, sino el pasado, y plantearnos: no que cuota podemos pagar hoy, ni que cuota podremos pagar el día de mañana, sino que pensemos que cuota pudimos haber pagado hace diez años (¿estábamos en paro? ¿cobrábamos menos?).
Decían mis admirados Le Luthiers «cualquier tiempo pasado fue anterior», y en economía esa es la única regla que vale, pues aunque es cierto que podemos anticipar el futuro, el pasado es incontestable.
La cuota va en función del plazo por lo que cuanto más años tenga el préstamo más baja es la cuota, pero más pagaremos al banco.
Si la cuota es de 200 euros, no es lo mismo pagarla durante diez años (durante los cuales acabaremos pagando 24.000) que en veinte años (durante los que acabaremos pagando 48.000), podéis comprobar fácilmente que en el doble de tiempo pagáis el doble de cantidad, y eso obviamente es beneficio del banco y pérdida para vosotros.
5 El sistema de amortización importa mucho
No creo haber firmado más de diez hipotecas que no usen el famoso sistema francés de amortización, pero lo que verdaderamente os interesa es amortizar el préstamo con una cuota constante de capital.
Pocas son las entidades que ofrecen esta posibilidad, pues en ella quien más pierde es el banco, aunque no es oro todo lo que reluce.
En el sistema francés de amortización, la cuota siempre es fija de capital e intereses, pero lo cierto es que en los primeros años de vida del préstamo, del importe de la cuota prácticamente todo es interés y muy poco capital; ello provoca que al no amortizar capital, las cantidad que pagamos en concepto de intereses disminuyan muy levemente.
En el sistema de amortización con cuota constante de capital, desde un primer momento la cuota a pagar contempla una cantidad mínima de capital, por lo que las cuotas iniciales son más altas que las cuotas finales; eso si al estar quitando capital del préstamo desde un principio los intereses cada vez se calculan sobre un capital inferior, por lo que a medida que avanza la vida del préstamo las cuotas van bajando.
6 Las vinculaciones no son ningún chollo y no importa tanto el tipo de interés
Muchas entidades reducen el tipo de interés si contratas con ellas diversos productos (domiciliación de nóminas, recibos, tarjetas, seguros etc).
Lo cierto es que dichas reducciones son de aproximadamente uno o cero con ochenta puntos al tipo de interés, pero esos productos vinculados no son gratuitos. Pongamos el importe del seguro del hogar (que no de incendios) o del seguro de vida, que pueden ser de varios cientos de euros ¿Cuánto nos ahorramos en intereses?.
Es importante que pidas el coste de dichos productos vinculados y el cuadro de amortización tanto con bonificación como sin bonificación, pues así sabrás el ahorro que verdaderamente obtienes.
En todo caso, no creas que porque hoy vas a tener las vinculaciones acordadas, mantendrás dichas vinculaciones durante diez o veinte años; por lo que no pienses que pagarás el interés bonificado, sino que pagas el interés que pactas y tómate el interés bonificado como una añadidura.
Respecto del tipo de interés, por supuesto que mejor cuanto más bajo, pero hazte un favor y mira las comisiones, muy significativa fue la lección que me dio una vez un cliente hablando de la historia de los lobos y los corderos.
7 Cuidado con la imputación de pagos
Es frecuente que en muchas minutas los bancos «cuelen» que en caso de tener varias deudas contraídas con ellos, es el banco el que decide a cual de las deudas imputará el pago; así como que te pidan que autorices a compensar saldos positivos de cuentas que tengas abiertas en dichos bancos, con el posible saldo negativo que tengas en la cuenta en la que pagas el préstamo hipotecario.
¿Qué sucede si el banco es el que decide el orden por el que se pagan tus deudas?
Que el banco decidirá que deuda tuya es más importante, y puede que la deuda que considere importante el banco no sea la deuda que tu consideres importante.
Pongamos que tienes concertado con el banco un préstamo hipotecario para comprar la vivienda y uno personal para comprar el coche. Al tener más garantías el primero, el banco aplicará tu dinero al pago del coche, pues puede ejercer más presión sobre ti al poder dejar impagado el préstamo hipotecario.
Si no ganaras suficiente para pagar ambas deudas, podrías verte con coche y sin casa; y dudo mucho que eso convenga a tus intereses.
¿Qué sucede si el banco puede compensar saldos positivos que tienes en una cuenta con el saldo negativo de la cuenta en la que está domiciliada la hipoteca?
Pues que el banco automáticamente tomará el dinero de la cuenta que tengas positiva para pagar el préstamo hipotecario.
Pongamos que estás en paro y cobras la «ayuda familiar» en una cuenta, teniendo la hipoteca domiciliada en otra; aceptando este pacto tan pronto como recibes el dinero el banco lo aplica al pago de la hipoteca ¿cómo alimentas a tu familia ese mes?.
Ni que decir tiene que si eres avalista, has de ser especialmente riguroso en rechazar esta posibilidad.
8 Pide que vaya a la Notaría alguien de tu confianza de la sucursal en la que pides el préstamo
Cada vez más los bancos tienen delegada la firma de la escritura en gestorías.
Personalmente creo que es un grave error, pues el único momento en el que el banco es «el bueno de la película» es en el momento en el que entrega el dinero, y no entiendo como no aprovecha ese momento.
El problema fundamental es que ni tu conoces a esa gestoría, ni el empleado de la gestoría te conoce a ti, siendo que cerrar una operación entre personas que no se conocen puede causar problemas.
El empleado de esas gestorías tiene órdenes de firmar lo que se le ha indicado previamente, sin embargo poco o nada puede cambiar en la Notaría; conozco a muchos de esos empleados, y son grandes profesionales que hacen su trabajo dignamente, es más, se esfuerzan en explicar las cosas al cliente, pero en último término tienen instrucciones claras de firmar lo que se les ha ordenado y no van a cambiar una coma ni añadir nada a la escritura.
De camino, te recomiendo que no confíes mucho en los bancos on line; pues aunque sus tipos y condiciones son «un chollo» el trato es despersonalizados, y por tanto también será despersonalizada la solución a tus problemas personales.
9 No confundas el préstamo con la hipoteca
He escrito en este blog sobre qué es una hipoteca.
Del préstamo responde el deudor con todos sus bienes presentes y futuros, la hipoteca es una mera garantía accesoria del préstamo, en la que el banco además no adquiere la propiedad de la casa, sino sólo el derecho de venderla si el deudor no paga; sin embargo la hipoteca no limita el derecho del deudor de vender, pero sobre todo el banco puede cobrar con otros bienes del deudor.
Es el deudor, como dueño de la finca, el que se beneficiará si el inmueble sube de valor, pero también se verá perjudicado si dicho valor baja; dado que el banco en ningún momento es dueño del inmueble, y su negocio simplemente es entregar un dinero para recuperarlo con intereses.
Si compras una casa, y para pagarla pides un préstamo con garantía hipotecaria, estás haciendo dos negocios: uno con el vendedor y otro con el banco, pero no mezcles ambos negocios, ni relaciones al banco con el vendedor, pues te llevarás una desagradable sorpresa si piensas así.
En este sentido te recomiendo que leas la entrada de este blog en la que cuento como una señora me explicó qué es un préstamo hipotecario hablando de un potaje de garbanzos.
10 Cuidado con los documentos que no se incorporan a la escritura
Son documentos que no controla el Notario, y si el banco no quiere ese control Notarial deberías de preguntar ¿por qué? y esperar una respuesta sensata.
Eso de: «esto queda entre tu y el banco» normalmente significa que queda para el Banco.
Recuerda que la escritura es un título ejecutivo, y que lo pactado en documento privado no surte efectos frente a una escritura, por lo que ten mucho cuidado si el Banco te ofrece modificar algún contenido de la escritura en documento privado, o las bonificaciones del tipo de interés se pactan en documento privado.
Pero sobre todo, la mayoría de esos documentos privados no son sino productos bancarios adicionales, que para nada son gratuitos.
¿No te parece extraño buscar un Notario para dar trasparencia a la operación y que parte de la misma quede fuera del control notarial?.
11 Avalistas no gracias
Ya he explicado en este blog los peligros de la fianza.
Simplemente te hago una pregunta: si el banco pide avalistas es porque no confía en que vayas a pagar ¿no te lo está diciendo claro? ¿verdaderamente vas a comprometer el patrimonio de las personas que más quieres para satisfacer tus necesidades (por más importantes que estas sean)?.
Si eres padre y tu hijo te pide una fianza, préstale el dinero o regálaselo, pero piensa que si falleces la fianza se transmite a todos tus hijos, y piensa que el banco puede reclamarte el importe total de la deuda y ejecutar todos tus bienes e ingresos.
Pedagógico, pero se valora más la sencillez de su lenguaje.
Me voy a sincerar, después de más de un año siguiendo sus publicaciones, y decirle que: siempre he creido, o me han hecho creer, en el Sr. Notario como una persona mayor con un lenguaje ampuloso y distante, cuando aparece algún joven es igual de ñoño que el anterior, y por lo tanto una figura nada interesante para el desarrollo de la sociedad.
Esto es lo que pensaba pero sus publicaciones, y de algún otro compañero suyo que aparece por aquí, me han permitido ver otra cara de su profesión. Seguro que ésta es más real que la qué yo tenía en mente.
Pedirle que se cuide/n mucho, porque los poderosos no permiten que nadie les tosa, ni siquiera el Sr. Notario, y esas campañas, a bombo y platillo, sobre notarios fraudulentos tendrá repercusiones sobre esta profesión. Actúen sobre el medio para explica su labor, exactamente lo mismo que se hace aquí pero llegando a más personas, porque estoy convencido que muchos cidudadanos siguen teniendo la misma idea del notario que tenía yo hace un par de años.
Mucha suerte y más energía, porque la cosa no es fácil.
Muchas gracias José.
Hago lo que buenamente puede hacer un Notariomde pueblo al que le gusta esto de internet, y trata de rascar un par de horas diariamente al sueño, para poder comunicar algo sobre mi profesión e inquietudes.
Tus palabras desprenden un cariño que anima a seguir intentando aportar algo, aunque estoy convencido de que sólo hago en el mundo digital, lo que cientos de compañeros hacen en la vida real.
Lo de la difusión es algo que no depende de mi, tengo los medios que tengo, aunque si puedo ver el inmenso valor y repercusión de internet y la redes sociales, pues en realidad el apoyo de muchas personas com tu está teniendo unas consecuencias que ni podía imaginar.
Saludos
Una pequeña adicción a la entrada, el sistema de amortización con cuota constante de capital se llama en el argot sistema italiano.
Así mismo y para que queden nombrados todos los sistemas de amortización en la entrada diré que también existen otros dos:
1) Sistema alemán o de interés anticipado, en el cual los intereses (pero no el reembolso) se pagan de manera anticipada. Es decir, en el momento de la firma del préstamo se pagan los intereses del primer período, el segundo pago corresponderá a los intereses del segundo período y el reembolso del primer período, etc.
Presenta la ventaja respecto al francés de que, al pagarse los intereses anticipadamente, estos son menores.
2) Sistema americano, en el cual se hacen dos pagos diferenciados constantes; uno destinado exclusivamente al pago de intereses del capital (el cual no se amortiza hasta el final de la vida del préstamo) y otro cuyo fin es la constitución de un fondo que remunerará un tipo de interés y que será destinado a la amortización total del capital prestado una vez reunidos los fondos necesarios, que será justamente cuando acabe la vida del préstamo.
Presenta la ventaja respecto a los anteriores de que, al constituírse un fondo de manera separada, este puede cambiarse de banco y obtener mayor tipo de interés.
Por otra parte presenta el riesgo de que si en España se hiciera esto y el banco quebrase, si el fondo supera los 100.000 euros, no estaría cubierto por el FGD.
Muchas gracias por tus interesantísimas aclaraciones
Saludos
Hola Francisco,ante todo feliz año nuevo a todos.
Mi marido y yo estamos interesados en una vivienda, vimos una que reunía todas nuestras necesidades y en la promotora tiene el préstamo con un banco,nos dijeron que lo mejor era subrogarnos en la hipoteca, que te pone las mejores condiciones y la verdad es que no miramos ningún banco más.
Nos dijeron las características del préstamo,lo que íbamos a pagar de cuota y nos cuadró, hasta que hace unos días me llamo el director para pasarme a firmar unos papeles y me dijo la cantidad de requisitos que teníamos que reunir para que nos den bonificaciones y así conseguir mejores condiciones,que no eran para nada las que nos dijeron en un primer momento, como por ejemplo que los 3 primeros años era interés fijo y ahora nos dicen que a partir del primer año es euribor + 1’90 ya partir del segundo euribor + 2,teniendo nómina, seguro de casa, de vida y haciendo una aportación de 1000 euros mientras dure el préstamo y tener saldo medio anual de 3000 euros.
Se supone que firmamos el próximo jueves 5 de enero la hipoteca pero como comprenderás no creo que vaya a ser así,el piso ha estado cerrado 5 años y tampoco sabemos si está libre de cargas de comunidad ni de Ibi,y tampoco nos han comunicado el valor de la tasación ni la copia de la misma,también nos dijeron que la estimación de gastos era por 89.000 euros de 7.500 a 8.000 euros y ahora me dicen que es asciende a 8.900 euros.
El problema es que nosotros le hemos hecho la reserva al constructor y le hemos ingresado 3000 euros y no sé si al paralizar la firma y buscar otro banco con mejores condiciones nos puede perjudicar.muchas gracias de antemano,un saludo,Noelia
Hola Noelia.
Poco puedo decirte, salvo que siempre es recomendable no firmar aquello que no tengas claro.
Sin embargo, ello no quiere decir que tengas derecho a todo, y has de entender bien tu situación, pues lo que si que has firmado es un contrato que has de cumplir, y las consecuencias de tu incumplimiento no pueden causar perjuicio a nadie.
Desconozco qué información te facilitó la promotora, más has de tener presente que el banco no está obligado a aceptar al primero que se quiera subrogar en la hipoteca, y que en todo caso de lo que hablas son de compromisos que vinculan al banco con el promotor, más no al banco contigo; y que eres tu, quien no ha buscado alternativas, así como que es el banco el que se ha dirigido a ti, cuando también tu podías haberte dirigido al banco y pedir información con tiempo suficiente.
Dicho esto, también quiero que tengas en cuenta que tu misma reconoces que el Banco te está informando días antes, y que cualquier retraso en la firma perjudica al un vendedor, que ha de pagar unos intereses.
Dicho esto, dudo que tengas problemas, si de buenas formas pides unos días razonables para buscar una alternativa y para que te completen la documentación.
La decisión es difícil, y muy personal, pues de un lado te arriesgas a perder la señal, o a una demanda de cumplimiento, pero de otro lado tienes que calibrar que igual el coste es superior en las condiciones pactadas (en lo relativo a la estimación de gastos, ten en cuenta que los gastos son los que son, y que es una mera estimación, de modo que si antes te pedían de menos deberías de poner lo que falta, y si ahora te piden de más te lo van a devolver).
Un saludo
Muchas gracias
Buenas noche. Mi pareja y yo estamos solicitando una hipoteca pero aún no hemos firmado ni visto por escrito las condiciones de dicha hipoteca lo q si he visto es una factura de tasación de unos 300€ sin avisar y sin consentimiento de que se haga efectivo dicha factura mi pregunta es puede el banco hacer uso de mi dinero sin comunicarlo ni tener constancia de q se me va a cobrar alguna factura? Muchas gracias
Hola Miriam.
Precisamente es un tema muy debatido tras la sentencia de 23 de diciembre de 2015, habría que ver si te han informado o no de esos gastos, la documentación que te han entregado al solicitar tu la hipoteca, y los acuerdos a los que hayáis llegado.
Saludos
Buenos días,
en las próximas semanas voy a firmar las escrituras de una casa, y al preguntar al banco si ellos se hacían cargo de los gastos de formalización hipotecaria, me comentan que así como el tema de la clausulas suelo ya es oficial, con respecto a los gastos hipotecarios de momento ellos no se hacen cargo. Me comentan que tengo que abonar como hasta ahora se ha estado haciendo, pero en cuanto dicten sentencia, los clientes podremos reclamarlo.
Esto se está haciendo así?
Hola Nuria.
Pues siento decirte que ni el tema de la cláusula suelo ni el tema de los gastos es oficial.
La cláusula suelo es y ha sido legal siempre, y lo que se ha declarado nula es la cláusula suelo cuando el proceso de negociación previa a la misma no ha sido transparente.
Respecto a los gastos, hablamos de una sentencia que plantea muchas incógnitas, y que simplemente declara nula una cláusula concreta, pero deja muchísimas incógnitas en el aire (hasta el punto de que ha declarado abusiva una cláusula como la de los impuestos que simplemente reproduce la ley)
En todo caso los motivos de ambas impugnaciones son más bien la falta de transparencia en la negociación que su abusividad en si, y no creo que puedas decir que no te están informando cuando precisamente me preguntas, por lo que sabes perfectamente que puedes firmar.
Ten en cuenta que puedes negociar y que puedes acudir a otras entidades, y que las hay que regulan de distinta forma los gastos, aunque igual entonces sus condiciones económicas no sean tan ventajosas.
Saludos
Muchas gracias Francisco
Buenas Francisco. Yo y mi novio estamos a punto de firmar una hipoteca cn ING. Tenemos que contratar los seguros y tienen que decirnos todavia que documentos llevar a la Notaria el día de la firma. Una pregunta: cuales documentos hay que traer en ese dia? Yo soy iitaliana y espero que no me pidan docs «especiales» porque en Italia tardaria meses en conseguirlos. Espero tu respuesta. Gracias y un saludo. Gabriella
Hola Gabriella
Salvando el número de identificación fiscal, no es necesario ningún documento adicional, al menos en Notaría.
Saludos
Hola Francisco, que tal? Gracias por tu respuesta. Tengo una ultima duda. Nosotros firmamos un contrato de compraventa pagando 3000€ de arras, y este caduca el 13 de Abril. Pero tenemos calculado firmar la hipoteca a final de Abril, por que el dinero de mi padre llega el 21/4. El proprietario del piso parece un chico muy serio, no pensamos cambiar la fecha en el contrato de arras. Tu crees que el notario nos conceda todo, o es un problema tener la arras «caducada»? Perdona mi castellano otra vez! (Soy italiana).
Te recomendaría que leyeras el post que dedico al contrato de arras.
El Notario ni concede ni deja de conceder, simplemente aprecia vuestra capacidad y voluntad, así como que el contrato es ajustado a derecho; lo que no entiendo es qué tiene que ver la fecha fijada para firmar una escritura con que venga o deje de venir tu padre, más de común acuerdo entre las partes las fechas pueden modificarse.
Lo importante es si el vendedor acepta o no el aplazamiento.
Saludos
Hola quería preguntarte si es posible firmar la hipoteca con el pasaporte y el resguardo del NIE O Solo con el pasaporte.
Soy colombiana y me ha caducado el NIE días antes de la firma
Hola Dayana.
Más que el NIE, lo que has de tener es número de identificación fiscal (que por otra parte coincide con el NIE) la no vigencia del mismo impide la firma.
Saludos
He descubierto su blog y me está siendo muy muy útil pues estoy en trámites de firmar una hipoteca.Gracias a ud. voy a ejercer sí o sí mi derecho a que el notario me explique la escritura 3 días antes con puntos y comas. Veo de especial interés las clausulas abusivas q explica, q son realmente complejas d entender para cualquiera,y le agradezco el tiempo q gasta en hacerlas entendibles para todos.
Muchas gracias Cristina, me alegra ser de utilidad
Buenas tardes
Tengo intencion de solicitar una hipoteca para la compra de una vivienda, pero estoy pendiente de vender otra vivienda para poder pagar la nueva. En un principio tengo que pedir la hipoteca por la totalidad del importe, pero en cuanto me mude y pueda vender la vivienda inicial, quiero emplear todo ese dinero en quitarme parte de la hipoteca de la vivienda nueva. Ademas de elegir un banco que no me cobre comision por amortizacion anticipada, ¿que tipo de sistema de amortizacion me conviene mas, frances o con cuota constante? no acabo de entenderlo
Muchas gracias
Hola Maite.
No soy quien para recomendar qué conviene a cada cual; lo que si puedo decirte es que en el sistema francés las cuotas son más pequeñas al principio, al diferencia del sistema de cuota constante cuya cuota inicial es superior y a medida que va avanzando la vida del préstamo decrece.
La suma total pagada al final de la vida del préstamo es inferior en el sistema de cuota constante (de hecho pocos bancos ofrecen esta posibilidad) que en el sistema francés (que es el más extendido).
Saludos
Hola, me llamo Su, he pedido una solicitud de hipoteca a xxxbanco, por un importe de 70000€ en 24 años, me han dado a elegir variable o mixta, he decidido mixta, los primeros 11 años pagaría una cuota de 292.53€ a un interés nominal 1,59%, y el resto de años variable 1,590€ + Euribor 1.11% con un TAE variable 2.02, es decir que pagaría 277,87€. Esta es la estimación que me han dado, pero también hay una cláusula que dice se aplicará el último Euribor publicado anterior al inicio de la vigencia del período a tipo de interés variable o a la fecha de revisión, el que se determine en el FEIN. Mi pregunta es: que pagaré dentro de 11 años, es real la previsión que ellos hacen, si alguien me lo puede explicar que lo entienda bien, se lo agradecería con toda el alma, porque estoy echa un lío y me urge, gracias
Hola Susi.
Absolutamente nadie puede decirte a cuanto estará el EURIBOR dentro de diez años, y cualquier previsión económica como mucho se hace a un año, por lo que lo único que pueden es informarte del valor del EURIBOR actual y su valor pasado.
Saludos